I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA. Presupuestos. (BOE-A-2024-1372)
Ley 2/2023, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2024.
43 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 22

Jueves 25 de enero de 2024
d)

Sec. I. Pág. 9307

Las indemnizaciones o suplidos por gastos que hubiera de realizar el trabajador.

Tres. Durante el ejercicio 2024 no se realizarán aportaciones para el personal
incluido en el Plan de Pensiones de Empleo del Gobierno de Cantabria. Con cargo a las
consignaciones presupuestarias al efecto, podrán realizarse contratos de seguro
colectivo para la cobertura de contingencias distintas a la de jubilación, siempre que no
se produzca incremento de la masa salarial.
Cuatro. Las retribuciones a percibir en el año 2024 por los funcionarios incluidos en
el ámbito de aplicación de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de Función
Pública, que desempeñen puestos de trabajo para los que se ha aprobado la aplicación
del régimen retributivo previsto en dicha Ley y disposiciones que la desarrollen, serán las
siguientes:
a) El sueldo y los trienios que correspondan al grupo o subgrupo en que se halle
clasificado el Cuerpo o Escala a que pertenezca el funcionario, en las nóminas ordinarias
de enero a diciembre de 2024, de acuerdo con las siguientes cuantías referidas a doce
mensualidades:
Grupo/subgrupo
TREBEP

Sueldo

Euros

Trienios

Euros

A1

15.535,20

597,96

A2

13.432,92

487,56

B

11.742,24

427,80

C1

10.085,88

369,12

C2

8.394,24

251,28

Agrupaciones Profesionales

7.683,00

189,12

Grupo/subgrupo
TREBEP

Sueldo

Euros

Trienios

Euros

A1

798,88

30,76

A2

816,41

29,62

B

845,73

30,83

C1

726,44

26,55

C2

693,15

20,72

Agrupaciones Profesionales

640,25

15,76

Cinco. A efectos de lo dispuesto en el apartado precedente, las retribuciones a
percibir por los funcionarios públicos que hasta la Ley de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2007 han venido referenciadas a los grupos de titulación previstos en
el artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la
Función Pública, están referenciadas a los grupos y subgrupos de clasificación
profesional establecidos en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, sin

cve: BOE-A-2024-1372
Verificable en https://www.boe.es

b) Los funcionarios percibirán en cada una de las pagas extraordinarias de los
meses de junio y diciembre en el año 2024, en concepto de sueldo y trienios, las
siguientes cuantías: