III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-1361)
Resolución de 16 de enero de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Abandono definitivo (P&A) de pozos submarinos (Activo Poseidón), Huelva".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 21

Miércoles 24 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 9242

promotor indica que ampliará el ámbito de aplicación de las medidas preventivas y
correctoras planteadas a dicho espacio natural protegido.
b.8

Compatibilidad con la Estrategia Marina para la Demarcación Sudatlántica.

El EsIA incluye el documento «Solicitud de informe de compatibilidad del proyecto
con el medio marino», al tratarse de una actuación incluida en el anexo I del Real
Decreto 79/2019, de 22 de febrero, relativo a las actuaciones que deben contar con
informe de compatibilidad con las estrategias marinas.
A ese respecto, la Dirección General de la Costa y el Mar del MITECO indica que los
efectos de la actuación sobre los objetivos ambientales de la estrategia marina de la
Demarcación Sudatlántica, en principio, no pondrán en riesgo la consecución del buen
estado ambiental y emite informe de compatibilidad favorable con condiciones.
Las condiciones relacionadas con la gestión de las aguas residuales y los fluidos
agotados ya han sido expuestas en el epígrafe b.2. El informe establece otras
condiciones, como la obligación de comunicar a dicho organismo los detalles sobre la
utilización de explosivos en caso de que sea necesario, evitar la afección a especies
incluidas en el LESRPE o en el CEEA, la prevención de la contaminación marina, o la
ejecución de los trabajos en condiciones meteorológicas y oceanográficas favorables.
Las condiciones no asumidas expresamente por el promotor en su respuesta se recogen
en el condicionado de la presente resolución.
b.9

Dominio público marítimo-terrestre.

El informe de la Dirección General de la Costa y el Mar del MITECO señala que la
hibernación, extinción de la concesión de explotación del activo Poseidón y
desmantelamiento de la instalación dejan sin contenido el objeto de la concesión de
ocupación de dominio público marítimo-terrestre (DPMT) (otorgada por Orden Ministerial
de 4 de diciembre de 2000 y caducada con fecha 4 de diciembre de 2020), siendo
imprescindible instar el correspondiente procedimiento de extinción de la concesión. A tal
efecto, RIPSA deberá presentar un proyecto de demolición y retirada total de todas las
infraestructuras que se encuentren en DPMT y sus zonas de servidumbre de protección,
y de recuperación del DPMT afectado. El promotor toma razón de lo indicado y lo tendrá
en cuenta en el futuro proyecto de abandono de las infraestructuras (gasoducto
submarino).
Patrimonio cultural.

De acuerdo con el EsIA, las imágenes obtenidas mediante ROV durante la campaña
marina han permitido descartar la presencia de elementos de interés sumergidos en el
área de proyecto. Por otro lado, no se ha identificado ninguna Zona de Uso Prioritario
para la protección del patrimonio cultural (ZUP, según la Ley 14/2007, de 26 de
noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía), encontrándose los más cercanos en
la costa, a más de 41 km del área de proyecto.
La Delegación Territorial de Cultura en Huelva de la Dirección General de Patrimonio
Histórico e Innovación y Promoción Cultural de la Junta de Andalucía informa que,
consultada la información disponible en sus archivos, no considera necesario establecer
cautelas arqueológicas sobre el sellado y abandono de los pozos, pero si durante el
transcurso de cualquier actividad relacionada con el proyecto de referencia se produjera
un hallazgo arqueológico casual, será obligada la comunicación a la Delegación
Territorial competente en materia de Cultura y Patrimonio Histórico en el transcurso de 24
horas, en los términos del artículo 50 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del
Patrimonio Histórico de Andalucía. El promotor incluye en la versión definitiva del PVA la
citada comunicación a la autoridad competente.
Por su parte, la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes del Ministerio
de Cultura y Deportes informa favorablemente la actuación, destacando la obligación de
comunicar cualquier hallazgo fortuito a la autoridad competente y de detener las

cve: BOE-A-2024-1361
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