III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-1361)
Resolución de 16 de enero de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Abandono definitivo (P&A) de pozos submarinos (Activo Poseidón), Huelva".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 21

Miércoles 24 de enero de 2024

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todos los casos detonaciones dentro del pozo a mayores profundidades), aunque se
presupone un impacto acústico inferior al escenario 3, y teniendo en cuenta la dificultad
de efectuar una modelización acústica para estas detonaciones según manifiesta el
promotor, en base al criterio de precaución deberán aplicarse las mismas medidas
preventivas y correctoras del impacto acústico. Estas medidas han sido incluidas como
condiciones en la presente resolución.
Red Natura 2000 y espacios naturales protegidos.

El EsIA incluye un estudio sobre la evaluación de repercusiones del proyecto sobre
los espacios de la Red Natura 2000 derivadas tanto de las actividades planificadas como
de un derrame accidental de hidrocarburos. El análisis de riesgo de un derrame
accidental y sus potenciales efectos sobre los espacios Red Natura 2000 se analizan en
el apartado 3.c de esta resolución.
Los tres pozos objeto de abandono se localizan dentro de la ZEPA ES0000500
«Golfo de Cádiz». A unos 24,5 km al noreste de los pozos se ubica la ZEPA ES0000501
«Espacio marino del Tinto y del Odiel», adyacente a la ZEPA ES0000025 «Marismas del
Odiel». Estos tres espacios son los que se verán afectados de forma directa o indirecta
por los impactos ciertos del proyecto (derivados de las actividades rutinarias), y cuyos
valores de conservación más destacados ya se han expuesto en el epígrafe de avifauna
(b5). La evaluación de las repercusiones del proyecto efectuada por el promotor se
centra en la afección a las especies de aves que motivaron su designación, por lo que
concluye que la afección sobre estos espacios es compatible, al no preverse impactos
significativos sobre la avifauna.
Adicionalmente, los potenciales impactos por colisión con embarcaciones y ruido
sobre especies móviles de interés comunitario (delfín mular y tortuga boba) que son
objetivo de conservación de otros espacios de Red Natura 2000 cercanos, como el LIC
Volcanes de fango del Golfo de Cádiz (ESZZ12002), ya han sido evaluados en el
epígrafe anterior.
El EsIA concluye que todas las actividades rutinarias del proyecto, incluyendo la
descarga contingente del residuo de cemento, no tendrán un impacto significativo sobre
los espacios de Red Natura 2000.
Otros espacios de la Red Natura 2000 de ámbito costero que podrían verse
afectados, únicamente en caso de derrame accidental de hidrocarburos, son las ZECs
de Doñana, Marismas de Isla Cristina, Laguna de El Potril, Enebrales de Punta Umbría,
Marismas del río Piedras y Flecha del Rompido, Estuario del río Piedras, Marismas del
Odiel y Estuario del río Tinto, Isla de San Bruno y Río Guadiana y Ribera de Chanza.
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO valora los
impactos ambientales de las actividades rutinarias sobre las aves marinas, los cetáceos
y las tortugas marinas. Asimismo, analiza los efectos que tendría un eventual derrame
accidental de hidrocarburos sobre las ZEPAs «Golfo de Cádiz» y «Espacio Marino del
Tinto y del Odiel» (ver apartado 3.c). Concluye que la actuación prevista no tendrá
afección negativa significativa sobre los valores naturales objeto de conservación de las
citadas ZEPAs, siempre que se respeten las condiciones que establece en su informe,
algunas ya contempladas en apartados anteriores. Además, establece la necesidad de
que, con carácter previo al comienzo de las obras, se les informe sobre el calendario
final del proyecto y la fecha de comienzo de las actuaciones, como recoge en el
programa de vigilancia ambiental (PVA en lo sucesivo).
Por su parte, el Servicio de Espacios Naturales Protegidos de la Junta de Andalucía
informa que el proyecto y sus adendas abordan con suficiente amplitud y disciplina las
posibles afecciones a la red de espacios protegidos más inmediato, determinando
adecuadas medidas preventivas y correctoras, aunque el promotor debería ampliar el
análisis de afección al LIC y ZEPA «Estero de Domingo Rubio», debido a su influencia
mareal. En su respuesta, el promotor indica que el análisis de afección efectuado para el
espacio «Marismas del Odiel» sería extrapolable al Estero de Domingo Rubio, por
ubicarse éste en el interior de la desembocadura del Odiel. En cualquier caso, el

cve: BOE-A-2024-1361
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