III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-1282)
Resolución de 8 de enero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la sentencia de la Audiencia Nacional, relativa al II Convenio colectivo de la Compañía Española de Petróleos, SA, para sus refinerías de San Roque (Cádiz), La Rábida (Huelva) y Santa Cruz de Tenerife.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 20

Martes 23 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 8872

Sentencia n.º 138/2023
Ilmo. Sr.Presidente: Don Ramón Gallo Llanos.
Ilmos/as. Sres./Sras. Magistrados/as: Doña Ana Sancho Aranzasti. Don
Plana.

Juan Gil

En Madrid, a veinte de diciembre de dos mil veintitrés.
La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional compuesta por los Sres./as.
Magistrados/as citados al margen y
EN NOMBRE DEL REY
Han dictado la siguiente
SENTENCIA
En el procedimiento impugnación de convenios 0000197 /2023 seguido por demanda
de Sindicato de Trabajadores (STR) (Letrado don Miguel Ángel Torresano Arellano)
contra Compañía Española de Petróleos SA (Cepsa) (Letrado don Bruno Álvarez Padin),
CC.OO.-Industria (Letrado don Eduardo Cohnen Torres), Federaciones de Industria de
Unión Sindical Obrera (USO) (Letrado don José Manuel Castaño Holgado), FITAG UGT
(Letrada doña Mirian Ascensión Calle Gómez), Sindicato Unión Trabajadores de Cepsa
(UTC) (no comparece), Sindicato Unitario (no comparece), CGT (no comparece), con la
intervención del Ministerio Fiscal (Ilmo. Sr. don Manuel Campoy Miñarro), sobre conflicto
colectivo. Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. don Juan Gil Plana.

Primero. Con fecha 26 de julio de 2023 el Sindicato de Trabajadores (STR) registra
demanda de conflicto colectivo contra Compañía Española de Petróleos SA (Cepsa),
Federación de Industria de la Unión Sindical Obrera (USO-Industria), Comisiones
Obreras Industria (CC.OO.-Industria), Unión General de Trabajadores Federación
Industria y Trabajadores Agrarios (UGT-FITAG), Confederación General de Trabajo
(CGT), Sindicato Unitario (SU) y Sindicato Unión de Trabajadores de Cepsa (UTC).
Segundo. Con fecha 27 de julio de 2023 se dicta Diligencia de Ordenación por la
Letrada de la Administración de Justicia en la que, a la vista del contenido de la demanda,
se concede un plazo de cuatro días a la demandante para que determine «si lo que
pretende es una interpretación de la norma convencional o su nulidad por no conformidad
con normas legales, en cuyo caso deberá acomodarla a lo que previsto en el artículo 163
y sig. LRJS».
Tercero. En fecha 31 de julio de 2023 el sindicato demandante STR presenta
escrito de subsanación en el que aclara que lo que pretende es «la nulidad del
artículo 4.1 del capítulo IV del II Convenio colectivo de Compañía Española de Petróleos,
SA, para sus refinerías de San Roque (Cádiz), La Rábida (Huelva) y Santa Cruz de
Tenerife», teniendo como fundamento «la conculcación de lo establecido en el
artículo 34. 2 y 41.1 del Estatuto de los Trabajadores».
Cuarto. A la vista de la aclaración de demanda efectuada, se procede a su
tramitación por la modalidad de impugnación de convenios, así como a la admisión a
trámite de la misma por Decreto de 12 de septiembre de 2023, acordándose su registro,
y designado ponente, se citó a las partes el día 24 de octubre de 2023, a las 10:30
horas, para los actos de intento de conciliación y, en su caso, juicio.
Quinto. Mediante escrito de fecha 18 de octubre de 2023 las partes solicitan la
suspensión de los actos de conciliación y juicio; acordándose la suspensión mediante
Diligencia de Ordenación de idéntica fecha y fijándose nuevo señalamiento para el
día 29 de noviembre de 2023, a las 9:15.

cve: BOE-A-2024-1282
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Antecedentes de hecho