III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-1282)
Resolución de 8 de enero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la sentencia de la Audiencia Nacional, relativa al II Convenio colectivo de la Compañía Española de Petróleos, SA, para sus refinerías de San Roque (Cádiz), La Rábida (Huelva) y Santa Cruz de Tenerife.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 20

Martes 23 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 8871

(Cádiz), La Rábida (Huelva) y Santa Cruz de Tenerife (código de convenio
n.º 90100301012016), que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 6 de
octubre de 2020, en el correspondiente registro de convenios colectivos, acuerdos
colectivos de trabajo y planes de igualdad dependiente de este centro directivo con
funcionamiento a través de medios electrónicos.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 8 de enero de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
AUDIENCIA NACIONAL
SALA DE LO SOCIAL
Madrid
Letrada de la Administración de Justicia doña Marta Jaureguizar Serrano
Sentencia n.º 138/2023
Fecha de juicio: 29 de noviembre de 2023.
Fecha sentencia: 20 de diciembre de 2023.
Tipo y núm. procedimiento: Impugnación de convenios 197/2023.
Ponente: Juan Gil Plana.
Demandante/s: Sindicato de Trabajadores (STR).
Demandado/s: Compañía Española de Petróleos SA (Cepsa), CC.OO.-Industria,
Unión Sindical Obrera (USO), FITAG UGT, CGT, Sindicato Unión Trabajadores de Cepsa
(UTC), Sindicato Unitario.
Ministerio Fiscal.
Resolución de la Sentencia: Estimatoria.

Aud. Nacional, Sala de lo Social.
Goya 14 (Madrid).
Tfno: 91 400 72 58.
Correo electrónico:
Equipo/usuario: MAD.
NIG: 28079 24 4 2023 0000206.
Modelo: ANS105 Sentencia.
IMC Impugnación de convenios 0000197/2023.
Procedimiento de origen: CCO Conflictos colectivos 0000197/2023.
Sobre: Conflicto colectivo.
Ponente Ilmo. Sr.: Juan Gil Plana.

cve: BOE-A-2024-1282
Verificable en https://www.boe.es

Breve resumen de la Sentencia: Tras desestimar la excepción de inadecuación de
procedimiento se estima la demanda interpuesta por el Sindicato STR contra la empresa
Cepsa impugnando, por vulnerar la legalidad vigente, el párrafo segundo del
apartado 4.º1 del II Convenio colectivo de Compañía Española de Petróleos, SA, para
sus refinerías de San Roque (Cádiz), La Rábida (Huelva) y Santa Cruz de Tenerife, que
establece una modalidad de distribución irregular de la jornada sujetándola a un plazo de
preaviso inferior al mínimo legal establecido de cinco días.