III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-1289)
Resolución de 16 de enero de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Parque solar fotovoltaico hibridación San Lorenzo B, de 39,29 MW de potencia instalada, para su hibridación con el parque eólico San Lorenzo B, de 39,38 MW, y para una parte de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Valladolid".
11 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 23 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 8982

marcha por la instalación, prorrogables por periodos de igual o menos duración, en
función de los resultados obtenido, llevándose a cabo por una empresa independiente de
la responsable de la obra. Dicho plan deberá incluir tanto dentro como fuera de las
instalaciones mediante censos de fauna (aves esteparias, rapaces, quirópteros,
invertebrados) y seguimiento de mortalidad de la fauna, con aprobación del Servicio
Territorial de Medio Ambiente de Valladolid, e informes anuales de seguimiento.
A la hora de realizar las zanjas, se minimizará su afección con la vegetación de las
lindes evitando su afección y si fuese necesario de procederá a su restauración y mejora.
De igual modo, los caminos públicos de paso para acceso a la instalación deberán
mantenerse en perfectas condiciones de uso, evitando su deterioro, así como las
ocupaciones que dificulten el tránsito o la funcionalidad de los mismos.
Durante las obras, se seleccionará el procedimiento de construcción que minimice la
alteración de la capa superficial del suelo, respetando la vegetación existente,
minimizando los movimientos de tierra en la superficie de la planta, así como los acopios
de cualquier tipo de material y zonas auxiliares deberán disponerse dentro del perímetro
del proyecto, fuera de las áreas naturales a conservar y evitando la evacuación de
solidos por escorrentía superficial.
La disposición de zonas de acopios en fase de obra se situará dentro de la propia
parcela en una zona sin valores ambientales destacables y alejados de cursos de agua,
terrenos de monte, vías pecuarias, evitando estar próximas a la ZEC «Montes Torozos y
Páramos de Torquemada‐Astudillo». Las zonas temporales de acopios que
posteriormente queden libres deberán restablecerse para cultivos o bien especies
autóctonas.
La instalación de los paneles debe de realizarse mediante hincado, ocupando la
mínima superficie de suelo posible. Respecto a la vegetación del sustrato bajo los
paneles solares, deberán permitir el desarrollo de vegetación herbácea y arbustiva
dejando una distancia al suelo de al menos 0,5 m que favorezca su presencia sin que
esta interfiera con el correcto funcionamiento de la planta ni al mantenimiento o
seguimiento de la misma.
En relación a la vegetación existente, no se utilizará herbicidas para su limpieza,
debiéndose plantear desbroces periódicos mecánicos o manuales, o bien favoreciendo el
pastoreo para su mantenimiento, manteniendo una cobertura vegetal del suelo que
aporte al paisaje y a la fauna a modo de reservorios. Se propone mantener zonas verdes
sin desbrozar entre grupos de paneles como reservorios y aportes para la fauna y al
paisaje. Se deberá dejar al menos 1 % de la superficie de instalación para la formación
de rodales de vegetación con una superficie mínima de 0,5 ha y distribuidos en varias
zonas a una distancia de 20 m a modo de reservorios de fauna. Se mantendrá el
mantenimiento de linderos y los márgenes con vegetación natural sin cultivar.
Se recomienda el uso de bandas sobre los paneles fotovoltaicos en forma de rejilla
que minimicen la mortalidad de insectos y los posibles impactos de pequeñas aves.
Sería recomendable que no todos los paneles se recubrieran con el fin de profundizar en
el análisis de las afecciones, con el fin de evaluar los efectos a lo lago de los primeros
años estableciéndolos en el programa de vigilancia ambiental. Del mismo modo, se
instalarán pequeñas placas de color claro cada 10 metros del vallado y de la subestación
para aumentar su visibilidad.
Se evitará la iluminación nocturna de la planta fotovoltaica, así como los trabajos
nocturnos durante la construcción, con las únicas excepciones de sistemas requeridos
por la normativa y de dispositivos de iluminación imprescindibles en las edificaciones
auxiliares o para hacer frente a situaciones de riesgo. En tal caso, se utilizarán
luminarias que no emitan luz blanca rica en longitudes de onda corta (azules y UV), la
iluminación se proyectará hacia el suelo por debajo del plano horizontal, y se limitará a lo
estrictamente necesario.
Se dejarán tres manchas de 100 m2 distribuidas por distintas zonas de los módulos
fotovoltaicos donde existe vegetación natural que no se va a tocar y en cada mancha se
instalarán estructuras tipo bug-hotel a modo de refugios para favorecer a los

cve: BOE-A-2024-1289
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 20