III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-1286)
Resolución de 10 de enero de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques Solares Fotovoltaicos Daganzo Altair I, de 51 MWp/47 MWn y Daganzo Altair II, de 51 MWp/47 MWn, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Guadalajara".
24 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 20

Martes 23 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 8928

resultado unas zonas de servidumbre a una distancia de 45 m del vallado, considerando
el riesgo potencial como medio.
Por otro lado, respecto del riesgo de incendios, el promotor indica que la ubicación
del proyecto queda enmarcada en una zona con una concentración media de incendios
forestales. Respecto de la planta Daganzo Altair I, el promotor indica que, dada su
ubicación, y que se localiza dentro de una zona catalogada como Zona de Riesgo de
Incendios (ZRI) de nivel 1 nivel bajo, mientras que la línea aérea sobrevuela zonas de
riesgo de entre 1 y 4, se considera que la probabilidad de la ocurrencia de dicho evento
es media. En el caso de la planta Daganzo Altair II, la probabilidad de incendio también
se considera como media, a pesar de que el proyecto se ubica en zonas catalogadas
como de riesgo de nivel 1 y 3.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha informa que las dos plantas y la mitad oeste de la línea de
evacuación se ubican en la zona de alto riesgo de incendios forestales de las Vertientes
del Henares, por lo que se tendrán en cuenta las limitaciones y prohibiciones
establecidas por la legislación aplicable, entre las que se incluye la creación de un
cortafuegos perimetral. El promotor confirma su construcción y el cumplimiento de la
legislación aplicable.
En este sentido, el Servicio de Protección Ciudadana de la Delegación Provincial de
Guadalajara de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de la Junta de
Castilla-La Mancha emite informe en el destaca el riesgo de incendio forestal al oeste de
las plantas y alrededor del cauce del río Torote. Analiza otros riesgos naturales y
antrópicos como el de inundación y señala la baja magnitud de los mismos, por lo que
concluye que no suponen un impacto significativo que pueda condicionar o afectar al
proyecto. De todas formas, y aunque se prevé un Programa de Vigilancia Ambiental
(PVA), este organismo considera conveniente la elaboración de un plan de
autoprotección para la fase de explotación, donde se evalúen los riesgos y se
establezcan medidas de prevención y control. El promotor muestra su absoluta
conformidad con lo expuesto en el informe.
Programa de vigilancia y seguimiento ambiental.

El PVA comprobará y garantizará el cumplimiento de las medidas protectoras y
correctoras contempladas en el EsIA para todas las fases proyecto y los distintos
factores ambientales que se puedan ver afectados. Mediante este seguimiento se
determinará la necesidad de introducir nuevas medidas para corregir impactos no
previstos en el proyecto inicial, así como otros que han visto modificada su intensidad.
Antes de iniciar las obras se llevará a cabo una inspección del área para delimitar el
espacio de construcción, evitando afectar especies de flora protegidas y hábitats
prioritarios. Se establecerá una zona designada para el acopio de tierra vegetal y se
determinará la ubicación de elementos auxiliares, lejos de zonas con cubierta vegetal o
cerca de cauces susceptibles de contaminación. Se realizará un chequeo del estado de
la maquinaria para prevenir problemas de ruido y emisiones.
Una vez comiencen las obras, aquellas actuaciones en las que se implique
movimiento de tierras se controlará la retirada, acopio y conservación de la tierra vegetal,
así como atender a la presencia de hallazgos no conocidos de los bienes patrimoniales
para proceder a su protección. De manera periódica y continua se minimizarán las
afecciones producidas como consecuencia de la apertura de viales y zanjas, evitando la
apertura y/o utilización de caminos de obra no programados.
Semanalmente se procederá a controlar el aumento de las partículas en suspensión
mediante inspecciones visuales, especialmente en periodos de mayor sequía. Con esta
periodicidad también se controlarán las obras de cruce y actuaciones cercanas a los
cursos fluviales, prestando especial atención en evitar vertidos en zonas de escorrentía
procedentes de las obras o a la recogida, acopio y tratamiento de residuos,
especialmente mientras duren los trabajos de hormigonado. También se evitarán que las

cve: BOE-A-2024-1286
Verificable en https://www.boe.es

d)