III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-1286)
Resolución de 10 de enero de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques Solares Fotovoltaicos Daganzo Altair I, de 51 MWp/47 MWn y Daganzo Altair II, de 51 MWp/47 MWn, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Guadalajara".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 20

Martes 23 de enero de 2024
b).9

Sec. III. Pág. 8927

Efectos sinérgicos y acumulativos.

Tras consultar las bases de datos del Gobierno de la Junta de Comunidades de
Castilla-La Mancha y la Delegación de Gobierno de Madrid, el promotor ha identificado
pequeñas plantas fotovoltaicas en un área de 25 km. En el entorno de implantación, el
paisaje exhibe numerosas infraestructuras, caminos y carreteras (1.368 km), así como
líneas eléctricas de distribución (282 km). Las alegaciones de la Asociación DALMA, los
Vecinos de Viñuelas y la Asociación de Agricultores y Ganaderos de Viñuelas,
consideran que el EsIA no valora los efectos sinérgicos con otros proyectos que se están
evaluando en las inmediaciones, por lo que se impide conocer la afección real sobre las
especies y espacios protegidos afectados.
En lo que respecta a la afección a la vegetación, las infraestructuras existentes y
proyectadas se sitúan sobre terreno de cultivo, lo que implica que no generarán efectos
sinérgicos y/o acumulativos significativos sobre la vegetación natural. No obstante, se
anticipa una potencial pérdida de superficie de tierra productiva y una reducción de la
superficie de algunos HIC como 4030, 5330 y 6420. La fragmentación del territorio
afectará principalmente a terrenos agrícolas y hábitats boscosos, este último ya bastante
fragmentado.
Los citados Vecinos y Asociación de Agricultores indican, en sus alegaciones, que el
EsIA no tiene en cuenta el impacto negativo sobre los usos agrícolas y cinegéticos de los
terrenos a ocupar, evaluando el impacto social como muy grave. En materia
socioeconómica el promotor indica que las plantas solares pueden actuar como refugios
de lagomorfos que incentiven la actividad cinegética del entorno, además de indicar que
los propietarios de los terrenos de implantación obtienen un beneficio económico por su
arrendamiento.
La instalación de las plantas fotovoltaicas proyectadas en el ámbito de estudio,
debido a la extensión que ocuparán, generará potencialmente un efecto sinérgico sobre
la avifauna, derivado de la alteración del hábitat y del efecto barrera resultante. Aunque
la pérdida de hábitat se centrará en los agroecosistemas y no se prevé elevada en
términos generales, podría ser significativa para las especies más sensibles vinculadas a
estos hábitats. Concretamente, Ecologistas en Acción-CODA indica que debido a la
saturación de proyectos fotovoltaicos en La Campiña debe hacerse la evaluación
sinérgica a nivel comarcal (Campiña de Guadalajara y Madrid en los ríos Henares y
Jarama) de todos los proyectos fotovoltaicos en estudio (desarrollo o diferente estadio),
para evaluar el efecto sobre las poblaciones de avutardas, sisones, gangas, aguiluchos y
cernícalos primilla ya que todas estas especies se verán afectadas por la desaparición
de su hábitat provocado por la desaparición de campos de cultivos sustituidos por
enormes y continuos polígonos solares.
En el análisis de visibilidad, se propone un radio de 10 km desde el cual los
seguidores podrán ser visibles, incluyendo a las tres plantas fotovoltaicas ya ubicadas en
el territorio, las cuales ya presentan una visibilidad del 30,91 % en el área de estudio, la
cual aumentará al 37,08 % con la instalación de la nueva planta del proyecto. Además, la
visibilidad de la línea es elevada debido a la ubicación y la proximidad de núcleos de
población.
Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto.

En el EsIA de cada planta se analizan los riesgos geológicos, climatológicos,
hidrológicos y otros riesgos como los incendios forestales, así como la vulnerabilidad del
proyecto ante estos fenómenos.
Respecto del riesgo de inundación, el EsIA indica que en el proyecto original las
plantas Daganzo Altair I y Daganzo Altair II son coincidentes al oeste del vallado
perimetral con zonificación de riesgo de inundabilidad asociada al río Torote, así como la
coincidencia de un tramo de la línea aérea de evacuación con esta zona. El promotor
indica que ha realizado un análisis potencial de la zona de servidumbre utilizando los
ejes de los cauces principales según la cartografía oficial disponible, dando como

cve: BOE-A-2024-1286
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