III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2024-1074)
Resolución 420/38003/2024, de 12 de enero, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Córdoba, para la realización de prácticas académicas externas de sus estudiantes en el Parque y Centro de Mantenimiento de vehículos de ruedas n.º 2.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 18

Sábado 20 de enero de 2024

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i) A través de la instancia competente, facilitar la realización conjunta de proyectos
de investigación y desarrollo, ampliables a otras entidades públicas o privadas,
relacionados con las materias objeto de las prácticas.
j) Facilitar asesoramiento científico y técnico, relacionado con las materias objeto
de las prácticas.
k) Proporcionar al estudiante información relativa a la normativa de seguridad y
prevención de riesgos laborales.
2.

Por parte de la Universidad de Córdoba:

a) Gestionar las convocatorias de las prácticas externas objeto del presente
convenio, atendiendo a los requisitos exigidos a los estudiantes en el artículo 8 del Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio, de acuerdo con criterios objetivos previamente fijados
por la Universidad de Córdoba y garantizando en todo caso los principios de publicidad,
accesibilidad universal e igualdad de oportunidades, recogidos en el artículo 17.1 del real
decreto citado, estableciendo además los siguientes requisitos:
1.º

En el caso de estudiante de Grado:

– Estar matriculado en el Grado relacionado, como mínimo de 36 créditos
(estudiante a tiempo completo) o 24 créditos (estudiante a tiempo parcial) en el curso
académico, o menos, si entre estos créditos se encuentran los correspondientes a
alguna asignatura obligatoria, al trabajo de fin de grado, o al proyecto de fin de carrera, o
a las prácticas curriculares.
– Tener superados al menos 120 créditos del Grado en el que esté matriculado y por
el que solicita la práctica. Excepto aquellas prácticas que estén reguladas por un
reglamento propio del Centro, en cuyo caso serán de aplicación los fijados por éste.

b) Proporcionar la Guía didáctica de la asignatura de las prácticas al personal del
MALE/PCMVR n.º 2 que desempeñe las funciones de tutor, facilitando el acceso, en su
caso, a la correspondiente plataforma telemática de gestión.
c) Comunicar al MALE/PCMVR n.º 2 la identidad de los estudiantes de
Grado/Máster que llevarán a cabo las prácticas, así como la identidad de los
correspondientes tutores académicos que evaluarán las prácticas desarrolladas de
conformidad con los procedimientos que establezca la Universidad.
d) Garantizar que la responsabilidad civil en caso de accidente ocasionado con
motivo de la actuación del estudiante en el desarrollo de las prácticas, quedará cubierta
por el seguro específico suscrito por la Universidad de Córdoba. En el caso de no existir
ningún tipo de contraprestación económica, el posible riesgo de accidentes del alumnado
estará cubierto a través del Seguro Escolar Obligatorio. Si el alumnado es mayor es
mayor de 28 años o en la matrícula de los estudios por los que realiza la práctica no se
contempla la suscripción del seguro escolar obligatorio, el/la alumno/a estará obligado/a
a suscribir el seguro voluntario de accidentes antes del inicio de la práctica. En el caso
de existir contraprestación económica (beca o ayuda o en especie) se atenderá, en
función a la modalidad de prácticas, a lo establecido en la a lo establecido en la
disposición adicional 52.ª del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba la Ley General de la Seguridad Social, que ha sido añadida por el Real
Decreto Legislativo 2/2023 de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de
los derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el
establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad de las pensiones. De una manera u

cve: BOE-A-2024-1074
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2.º En el caso de estudiante de Máster, deberá estar matriculado de al menos 30
créditos, si está matriculado en el Trabajo Fin de Máster.
3.º En el caso de estudiante de otros títulos, o estudios propios de la Universidad
de Córdoba, deberá estar matriculado de al menos 30 créditos y, si tiene una duración
superior a un año, tener superados al menos la mitad de los créditos del citado título o
Estudio Propio.