III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2024-1074)
Resolución 420/38003/2024, de 12 de enero, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Córdoba, para la realización de prácticas académicas externas de sus estudiantes en el Parque y Centro de Mantenimiento de vehículos de ruedas n.º 2.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 18

Sábado 20 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 7912

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto del presente convenio es establecer la colaboración entre el Ministerio de
Defensa (MINISDEF) y la Universidad de Córdoba para la realización de prácticas
externas, en el ámbito de las unidades, centros y organismos que se integran en el
Mando de Apoyo Logístico del Ejército de Tierra (MALE), en concreto en el Parque y
Centro de Mantenimiento de vehículos ruedas n.º 2 (PCMVR n.º 2), dependiente del
Ejército de Tierra, a fin de complementar la formación del alumnado matriculado en los
distintos Grado/Máster de interés por la citada Universidad.
Segunda.

Por parte del MINISDEF:

a) Acoger a alumnos del Grado/Máster por la Universidad de Córdoba, en número a
determinar anualmente por mutuo acuerdo entre las partes, facilitándoles la realización
de prácticas externas en el MALE/PCMVR n.º 2, dependiente del Ejército de Tierra, de
acuerdo con las condiciones establecidas en este convenio.
b) En coordinación con la Universidad de Córdoba, definir en cada caso el perfil
requerido del alumno que acogerá en prácticas, así como los objetivos, las tareas
generales y actividades específicas a realizar por el mismo durante dichas prácticas,
aspectos que se detallarán en el correspondiente proyecto formativo (anexo I).
c) A través del MALE/PCMVR n.º 2 y a través del documento definido en el anexo
II, comunicar el alta del alumno, la fecha de comienzo y finalización de las prácticas, así
como el horario, el lugar de desarrollo y el contenido de los mismos, designando en cada
caso un responsable que actuará como tutor del alumno, y que coordinará la ejecución
con el tutor académico designado por la dirección del Grado/Máster.
d) A fin de mantener un registro actualizado de los alumnos que participen en las
prácticas que se contemplan en el presente convenio, comunicar a la dirección del
Grado/Máster cualquier alta y baja que se produzca.
e) A la finalización de las prácticas en el MALE/PCMVR n.º 2, expedir un certificado
en el que se reconozca al alumno el tiempo de prácticas realizado y su contenido básico.
Asimismo, el tutor del MINISDEF/MALE y el estudiante realizarán cada uno un Informe
Final a la conclusión de las prácticas, en el que deberá figurar los aspectos contenidos
en el artículo 13 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las
prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios en materia de
ordenación universitaria y cooperación educativa y que remitirán al Centro universitario o
facultad, en el caso de las prácticas curriculares o de programas regulados por éste. El
tutor académico de la Universidad evaluará las prácticas desarrolladas de conformidad
con los procedimientos que se establezcan en la Universidad, cumplimentando el
correspondiente informe de valoración.
f) Trasladar a la Comisión Mixta del presente convenio cuantas incidencias y
vicisitudes se observen por los tutores designados por el MALE/PCMVR n.º 2, en
relación con el desarrollo de las actividades objeto del presente convenio.
g) Facilitar la organización conjunta de conferencias, seminarios, talleres, jornadas
divulgativas, u otras actividades similares, relacionadas con las materias objeto de las
prácticas.
h) Facilitar el intercambio de publicaciones propias y el acceso a fondos
documentales no clasificados.

cve: BOE-A-2024-1074
Verificable en https://www.boe.es

1.

Aportaciones de las partes.