III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-1037)
Resolución de 10 de enero de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico "SPK Trujillo", de 135 MW de potencia instalada, y para una parte de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Cáceres».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 19 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 7431

a) Durante la fase de funcionamiento, se realizarán mediciones reales tanto de los
niveles de exposición a los campos eléctrico y magnético como de los niveles de ruido
generados en las distintas infraestructuras proyectadas, con objeto de garantizar el
cumplimiento de la legislación vigente. En caso de que se detecten niveles de inmisión
acústica y/o de campos electromagnéticos que superen los valores admisibles según la
normativa vigente, se establecerán las medidas complementarias para garantizar su
cumplimiento.
b) Se realizará el seguimiento de la dinámica de las poblaciones de avifauna
(presencia, abundancia y evolución) durante toda la vida útil del proyecto, centrado en
las especies que utilizan tanto la superficie ocupada por la PSF como las líneas
eléctricas y su entorno más inmediato (5 km alrededor de las infraestructuras
proyectadas), con objeto de conocer si las citadas poblaciones sufren alteraciones y
poder adoptar medidas de conservación. La frecuencia de visitas para el seguimiento de
las poblaciones de avifauna se coordinará con el órgano ambiental de la Junta de
Extremadura.
El PVA incluirá el seguimiento de la evolución de las poblaciones de especies
cinegéticas, ocupación de cajas nido, primillar y palomar, del territorio de reproducción
del águila perdicera, del muladar, de los servicios ecosistémicos que genera la PSF, del
uso de las reservas por las especies de aves esteparias, etc., así como de las
modificaciones necesarias para alcanzar un mejor estado de conservación de la
biodiversidad en el PSF.
c) Se llevará a cabo el seguimiento de la mortalidad de la avifauna con las líneas
eléctricas y el vallado perimetral de la PSF durante toda la vida útil del proyecto. Este
seguimiento será mensual durante los cinco primeros años y con la periodicidad que
determine el órgano ambiental de la Junta de Extremadura en función de los resultados
obtenidos a partir del sexto año. El seguimiento se realizará con perro especializado en
la detección de cadáveres en una banda media de 50 m a cada lado de todo el trazado
aéreo de las líneas eléctricas y del vallado perimetral. De los resultados obtenidos
podrán establecerse, en coordinación con el órgano ambiental de la Junta de
Extremadura, medidas adicionales de señalización o cualquier otro tipo de medida que
evite o minimice los posibles accidentes relacionados con las infraestructuras
proyectadas, incluido el soterramiento de tramos de las líneas de evacuación.
Para el seguimiento de las poblaciones y afecciones sobre las especies de avifauna,
se valorará positivamente que se cuente con la colaboración de algún organismo,
empresa u entidad con experiencia reconocida en el estudio del comportamiento de las
mismas y su conservación.
d) Durante la fase de explotación, se realizará un seguimiento del efecto barrera
para el desplazamiento de la fauna, en el que se estudiará la perturbación sobre la
movilidad de las poblaciones que introduce el proyecto por interrupción física de
corredores migratorios y de líneas o rutas de conexión habituales y zonas de paso
frecuente entre zonas de alimentación, reproducción, campeo, etc.
e) Se llevará a cabo un seguimiento de los efectos de la PSF sobre el microclima y
la calidad microbiológica del suelo, la flora y los HIC. El seguimiento de las condiciones
del suelo (parámetros físicos, químicos y biológicos) y de los HIC 3150, 5330, 6220*,
6420, 92A0 y 92D0 será anual durante los 10 primeros años de la fase de explotación y
quinquenal durante el resto de vida útil de la planta, con objeto de conocer los efectos
del proyecto sobre el suelo y la biodiversidad asociada y poder comparar la evolución de
los mismos frente a terrenos contiguos no afectados por el proyecto. En este sentido, se
determinarán parcelas testigo próximas a la zona de actuación de las mismas
características respecto al uso del suelo actual ocupado por la PSF, que permitan hacer
un estudio comparativo para evaluar el grado de modificación del hábitat asociado a este
tipo de instalaciones y la evolución o los cambios en las comunidades florísticas y
faunísticas.
f) Todas las actuaciones de seguimiento, restauración y compensación integradas
por el promotor en el proyecto, incluidas las indicadas por la Junta de Extremadura y las

cve: BOE-A-2024-1037
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Núm. 17