T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2024-983)
Sala Segunda. Sentencia 182/2023, de 11 de diciembre de 2023. Recurso de amparo 5688-2022. Promovido por doña M.T.V., respecto de los autos dictados por la Audiencia Provincial de Valladolid y un juzgado de primera instancia de esa capital que acordaron la administración de la vacuna frente a la Covid-19. Supuesta vulneración del derecho a la integridad física: STC 148/2023 [resoluciones judiciales que realizaron una ponderación adecuada de los intereses de una persona menor de edad (STC 38/2023)].
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Núm. 16

Jueves 18 de enero de 2024

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Tribunal Constitucional, poniendo este hecho en conocimiento de las partes y del
Ministerio Fiscal a los efectos oportunos.
8. Mediante escrito presentado en el registro de este tribunal el 30 de enero
de 2023, doña M.T.V., reiteró las alegaciones contenidas en la demanda de amparo,
añadiendo que el levantamiento de las restricciones de la pandemia refleja que no existe
motivo alguno desde el punto de vista epidemiológico que justifique la vacunación y
alegando un incremento de la mortalidad como consecuencia de la vacunación.
9. Por escrito registrado ante el Tribunal Constitucional el 30 de marzo de 2023, la
fiscal ante el Tribunal Constitucional interesó la desestimación íntegra del recurso de
amparo interpuesto por doña M.T.V. Aprecia la legitimación activa de la recurrente en
cuanto madre de los titulares del derecho fundamental concernido y titular de la patria
potestad compartida sobre ellos, y en cuanto parte en el procedimiento del que trae
causa el presente recurso de amparo. Señala que en la demanda de amparo se alega
para justificar la especial trascendencia constitucional que se está haciendo un uso
fraudulento del procedimiento de jurisdicción voluntaria porque el padre debió acreditar el
consentimiento informado por escrito a él y los menores, pero señala la fiscal que la
acción que ha ejercitado el padre ante una discrepancia en el ejercicio de la patria
potestad se dirige a que se le conceda la facultad de decidir sobre la materia
discrepante, la administración de la vacuna. Respecto del suplico de la demanda de
amparo, no queda claro si está planteando una inadecuación de procedimiento seguido
en la instancia, en cuyo caso se estaría denunciado una vulneración del art. 24.2 CE,
pero siendo la primera vez que se refiere esta queja, advierte la fiscal que no cabe
plantearla per saltum sin haber sido alegada con anterioridad. La argumentación del
recurso de amparo, por otra parte, solo gira en torno al art. 15 CE, sin referencia al
derecho a la tutela judicial efectiva en su vertiente de falta de motivación por ausencia de
valoración de la prueba aportada, a diferencia de lo que alegó en el recurso de
apelación. Y, en el recurso planteado, se basa la vulneración del art. 15 CE en la falta de
consentimiento informado y de prescripción médica, pero esta cuestión no tiene conexión
con el objeto del procedimiento de jurisdicción voluntaria, que se concreta en resolver un
caso de desacuerdo en el ejercicio de la patria potestad (art. 156 CC) para el que se ha
seguido el cauce legal previsto en la Ley de la jurisdicción voluntaria. Una vez otorgada
por resolución judicial la facultad de decidir a uno de los progenitores, será en un
momento posterior, en el acto de la actuación médica, cuando el profesional suministrará
la información precisa. La información al menor solo procede cuando se acredita la
capacidad intelectual y emocional adecuada, en cuyo caso es titular de un
consentimiento autónomo que excluye el del progenitor [art. 9.3 c) de la Ley 41/2002].
10. Por providencia de 7 de diciembre de 2023, se señaló para deliberación y
votación de la presente sentencia el día 11 del mismo mes y año.
II.
Objeto del recurso.

El presente recurso de amparo se dirige contra el auto de 23 de marzo de 2022
dictado por el Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de Valladolid en el procedimiento de
jurisdicción voluntaria núm. 15-2022, que otorgó a don J.M.S.A., la facultad de decidir
sobre la administración de la vacuna frente al covid-19 a sus hijos menores de edad.
También se impugna el auto de 24 de junio de 2022 de la Sección Primera de la
Audiencia Provincial de Valladolid, en el rollo de apelación núm. 158-2022, confirmatorio
del anterior.
Dada la naturaleza de los hechos, debe señalarse que, en aplicación de las
potestades atribuidas a este tribunal por el art. 86.3 LOTC y el acuerdo del Pleno de 23
de julio de 2015, por el que se regula la exclusión de los datos de identidad personal en
la publicación de las resoluciones jurisdiccionales («Boletín Oficial del Estado» núm. 178,

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1.

Fundamentos jurídicos