III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2024-962)
Resolución de 9 de enero de 2024, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Córdoba, para la puesta en marcha de un nodo satélite español del proyecto europeo AgriFoodTEF aprobado en el marco del programa europeo digital.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 16

Jueves 18 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 6914

La utilización de materiales gráficos o de imágenes se limita exclusivamente a los
fines del presente convenio sin que ello suponga la concesión a favor ni del MAPA, ni de
la UCO de ningún derecho, sea de la naturaleza que sea, sobre el logotipo ni sobre la
marca registrada de la contraparte, y se realizará de acuerdo con las correspondientes
normas gráficas de cada una de las partes.
Sexta.

Financiación.

Para financiar las actuaciones objeto de este convenio las partes aportarán recursos
humanos, materiales y económicos, conforme a lo expuesto en esta cláusula.
La UCO, así como las entidades integrantes del nodo español, aportarán
infraestructuras, instalaciones, medios humanos y materiales para llevar a cabo el
paquete de servicios objeto de este convenio.
La UCO canalizará equitativamente los pagos de los gastos en los que incurran los
socios integrantes del nodo español, en base a las justificaciones referidas en la cláusula
segunda.
El MAPA por su parte, aportará medios humanos para el diseño, puesta en marcha y
seguimiento de la ejecución del convenio y además financiará las actuaciones a ejecutar
por el consorcio, compiladas por la UCO, con cargo a la partida presupuestaria
21.08.414B.640 de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación
Agroalimentaria correspondiente a fondos propios del MAPA.
El presupuesto para el presente convenio asciende a 2.500.000 euros.
Total

2024

2025

2026

2027

2.500.000

400.000

700.000

700.000

700.000

Por acuerdo de la Comisión de Seguimiento y Control, referida en la cláusula cuarta,
pueden aprobarse posibles reajustes de las anualidades de pagos, en función de la
evolución de la ejecución del convenio, así como de las actuaciones asumidas, siempre
que dichos reajustes no supongan un incremento económico de la cifra total
comprometida ni un aumento del plazo global.
El MAPA realizará los pagos a la UCO tras la recepción y posterior comprobación de
los informes de ejecución y justificación económica que vendrán acompañados de un
informe de auditoría por profesional inscrito en el ROAC, que con carácter general
tendrán una frecuencia semestral (informe hasta el 30 de junio del año en curso, a rendir
en el mes posterior, e informe hasta el 10 de diciembre del año en curso, a rendir
inmediatamente después) y que servirán de soporte documental para acreditar los
gastos derivados de la ejecución del convenio.
El ingreso a la UCO se realizará en la cuenta corriente número ES61 0049 2420 37
2114600530, del Banco de Santander, Avda. Gran Capitán, n.º 8 – Córdoba, a nombre
de la Universidad de Córdoba.
Duración y modificación del convenio.

El presente convenio se perfecciona por la prestación del consentimiento de las
partes y resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de 5 días hábiles desde su
formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal (REOICO). Asimismo, será publicado, en el plazo
de 10 días hábiles desde su formalización, en el «Boletín Oficial del Estado», de
conformidad con lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, sin
perjuicio de su publicación facultativa en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
El convenio tendrá una vigencia que se extenderá hasta el 10 de diciembre de 2027.
En cualquier momento antes de la finalización de este plazo, los firmantes del convenio
podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años

cve: BOE-A-2024-962
Verificable en https://www.boe.es

Séptima.