III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Ayudas. (BOE-A-2024-969)
Orden TDF/1461/2023, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria para la concesión de ayudas, en el ámbito de la digitalización, para la transformación digital de los sectores productivos estratégicos mediante la creación de demostradores y casos de uso de Espacios de Compartición de Datos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Next Generation EU (Programa Espacios de Datos Sectoriales)
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 18 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 7035

ANEXO X
Documentación para presentar durante el seguimiento del proyecto:
modificaciones, subcontrataciones y renuncias
A) Documentación para presentar con las solicitudes de cambio de beneficiario por
modificación estructural
1. Solicitud de cambio de beneficiario a través del trámite disponible al efecto en la
Sede Electrónica.
2. Escrituras notariales de modificación (transformación, fusión, escisión o cesión).
Dichas escrituras deben contener también la acreditación de la inscripción en el Registro
Mercantil y el domicilio social de la nueva entidad.
3. En los casos de escisión o cesión parcial, las escrituras deben incluir de forma
expresa el nombre de todos los proyectos objeto de traspaso entre el beneficiario original
y la nueva entidad beneficiaria.
4. Cuando la solicitud la realice una persona distinta del representante de la
entidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de las bases reguladoras,
deberá adjuntar los poderes de representación del firmante.
5. En el caso de que el proyecto objeto de cambio de beneficiario se encuentre en
ejecución, esté pendiente de certificación por parte del órgano gestor o tenga pendiente
la devolución de todo o parte de la ayuda en concepto de reintegro, deberá presentar
adicionalmente la siguiente documentación, referida a la nueva entidad:
i) Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos para ser beneficiario,
firmada electrónicamente por el representante de la entidad. Dicha declaración
responsable se encontrará disponible a través de la sede electrónica de acuerdo con lo
establecido en el artículo duodécimo de esta convocatoria.
ii) Memoria de cuentas que incluya «Balance de situación» y «Cuenta de Pérdidas y
Ganancias» de la nueva empresa, de fecha posterior a la transformación, fusión o escisión.
En el caso de que la entidad se vea afectada por una modificación estructural, la
autorización anterior quedará condicionada a la constitución de nuevas garantías que
sustituyan a las originales, del 100 % del importe de la subvención concedida. Una vez
que se constituyan las nuevas garantías, se procederá a la cancelación de las ya
constituidas. La falta de constitución de las citadas garantías supondrá la imposibilidad
de cancelar las ya constituidas.
B) Documentación para presentar con las solicitudes de autorización previa de las
subcontrataciones
1. Se presentará a través del trámite disponible al efecto en la Sede Electrónica del
Ministerio de Transformación Digital, a partir de la publicación de la propuesta de
resolución provisional a través de la sede electrónica, de acuerdo con lo establecido en
el apartado octavo de esta convocatoria.
2. Borrador del contrato con la entidad subcontratada, que debe incluir como
mínimo la siguiente información:
a) Los datos de las partes contratantes.
b) Objeto y alcance del contrato: debe tener relación directa con las tareas a
desarrollar descritas en la solicitud de la ayuda y en la oferta seleccionada. Las tareas
subcontratadas deben estar suficientemente diferenciadas de las tareas realizadas por el
beneficiario y otras posibles subcontrataciones del mismo proyecto.
c) Planificación y coste de cada tarea.
d) Compromiso de las partes y consecuencia del incumplimiento.
e) Fecha de entrada en vigor o de inicio de los trabajos.

cve: BOE-A-2024-969
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Núm. 16