III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Ayudas. (BOE-A-2024-969)
Orden TDF/1461/2023, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria para la concesión de ayudas, en el ámbito de la digitalización, para la transformación digital de los sectores productivos estratégicos mediante la creación de demostradores y casos de uso de Espacios de Compartición de Datos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Next Generation EU (Programa Espacios de Datos Sectoriales)
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 16

Jueves 18 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 7036

3. Si el importe del contrato de la entidad a subcontratar supera el establecido en la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, para el contrato menor,
se adjuntarán, además:
a) Descripción del proceso de selección realizado, detallando la comunicación y
publicidad, la solicitud de las ofertas y los criterios para la selección de la oferta
adjudicataria. Podrá presentar pliego de condiciones o documento similar elaborado por
la entidad beneficiaria con las especificaciones técnicas necesarias para presentar la
oferta, correos con el envío/respuesta del pliego o cualquier otro documento que la
entidad beneficiaria considere probatorio de la transparencia del citado proceso.
b) Las ofertas analizadas, que serán al menos tres, deberán describir con suficiente
detalle los trabajos o bienes ofertados, y deberán ser coherentes con las tareas a
subcontratar definidas en la solicitud de ayuda, incluyendo pruebas fehacientes de su
fecha de incorporación al proceso de selección. Deberán incluir como mínimo la
siguiente información:
1) Información sobre la entidad que realiza la oferta: NIF y razón social. La entidad
deberá tener capacidad para desarrollar las tareas solicitadas. Además, no podrá existir
relación entre los tres ofertantes que impida determinar precio de mercado.
2) Fecha en la que se realiza la oferta y firma por la empresa.
3) Presupuesto ofertado.
4) Detalle del alcance de la oferta presentada en consonancia con el proyecto.
5) Justificación de la oferta seleccionada, bien la económicamente más ventajosa o,
en caso contrario, la motivación y los criterios seguidos en dicha elección, de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones. En todo caso los presupuestos de las subcontrataciones deberán
ajustarse a precios de mercado.
c) El beneficiario deberá declarar su vinculación con el proveedor seleccionado y/o
el resto de ofertantes en el caso de que tal vinculación existiera, de acuerdo al
artículo 21 de esta orden de bases.
C)

Documentación para presentar con las solicitudes de modificación del plan de
proyecto

D)

Documentación para presentar con las solicitudes de desistimiento o renuncia total

Para la presentación de la solicitud de desistimiento de la solicitud de ayuda se
utilizará la solicitud disponible a tal efecto en la Sede Electrónica del Ministerio de
Transformación Digital.
En el caso de que un solicitante o beneficiario desistiera de su solicitud, se abrirá un
trámite de audiencia para la reformulación del plan de proyecto.

cve: BOE-A-2024-969
Verificable en https://www.boe.es

1. La solicitud de modificación de la resolución de concesión se realizará a través
de la Sede Electrónica del Ministerio de Transformación Digital, a través del trámite
disponible a tal efecto, según establece el artículo duodécimo de esta convocatoria.
2. Memoria justificativa de la modificación o modificaciones solicitadas en el plan de
proyecto aprobado por la resolución de concesión. Dicha memoria debe contener la
definición del tipo de modificación, de acuerdo con las categorías definidas en el
artículo 37 de las bases reguladoras, así mismo debe recoger una descripción detallada
del cambio a realizar, su motivación y una actualización con los cambios de la
información recogida en la resolución de concesión indicando paquetes de trabajo,
actividades, entregables y recursos asociados a cada uno de ellos detalladamente. Si la
modificación o modificaciones planteadas afecta al perfil profesional del equipo de
trabajo, se deberá adjuntar el CV del nuevo personal. La memoria presentada no podrá
exceder de 50 páginas.