III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Ayudas. (BOE-A-2024-969)
Orden TDF/1461/2023, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria para la concesión de ayudas, en el ámbito de la digitalización, para la transformación digital de los sectores productivos estratégicos mediante la creación de demostradores y casos de uso de Espacios de Compartición de Datos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Next Generation EU (Programa Espacios de Datos Sectoriales)
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 18 de enero de 2024

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(más la parte proporcional de costes indirectos), por cada una de las contrataciones de
personal propio no justificadas.
b) Cuando se incluya la obligación de realizar nuevas contrataciones indirectas de
personal derivadas del impacto del proyecto en entidades usuarias finales, se aportarán
los listados y declaraciones indicados en la convocatoria. El incumplimiento de esta
obligación supondrá una reducción de un 1 % de la ayuda correspondiente al concepto
de costes de personal (más la parte proporcional de costes indirectos), por cada entidad
usuaria final no justificada.
c) Cuando se incluya la obligación de impacto en un número importante de
entidades usuarias finales y con distribución regional específica, se aportarán los listados
y declaraciones indicados en la convocatoria. El incumplimiento de esta obligación
supondrá una reducción de un 1 % de la ayuda correspondiente al concepto de costes de
personal (más la parte proporcional de costes indirectos), por cada entidad usuaria final
no justificada.
d) Cuando se incluya la obligación de contribuir a afrontar determinados desafíos
sociales comprometidos, se aportará acreditación, en su caso, según lo establecido en la
convocatoria:
a. El proyecto ha sido dirigido por una directora de proyecto.
b. El esfuerzo femenino de dedicación al proyecto de las horas imputadas al mismo
tiene el porcentaje comprometido en la memoria de solicitud de la ayuda.
c. El proyecto favorece la transición ecológica y la reducción de la huella de
carbono, según se comprometió en la solicitud de ayuda.
El incumplimiento de cada una de estas obligaciones supondrá una reducción de
un 1 % de la ayuda correspondiente al concepto de costes de personal (más la parte
proporcional de costes indirectos). En caso de incumplimiento parcial, la reducción
aplicada se ponderará de forma proporcional al incumplimiento realizado.
e) Cuando se haya incluido financiación para acciones de continuación y
sostenibilidad del proyecto tras la finalización del mismo, así como la aplicabilidad de los
resultados, productos y servicios obtenidos del proyecto, se aportará documentación
acreditativa de las mismas según lo establecido en la convocatoria. El incumplimiento de
esta obligación supondrá una reducción correspondiente al importe financiado.
f) Cuando se haya incluido financiación para acciones de difusión de los resultados
y el conocimiento, se aportará documentación acreditativa de las mismas, según la
convocatoria. El incumplimiento de esta obligación supondrá una reducción
correspondiente al importe financiado.
g) Cuando se haya incluido financiación para realizar solicitudes para la protección
industrial de los resultados del proyecto, incluyendo las solicitudes de patentes
presentadas por o en nombre del beneficiario, se deberá incluir en la solicitud del
derecho de propiedad industrial la siguiente mención: «El proyecto que lleva a esta
solicitud ha recibido financiación del Ministerio de Transformación Digital (n.º de
expediente de ayuda), correspondiente a los fondos del Plan de Recuperación,
Resiliencia y Transformación». El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la
reducción del gasto imputado en el concepto financiable «Gastos generales
suplementarios», correspondiente a gastos destinados a la protección mediante
propiedad industrial de los activos intangibles obtenidos durante el desarrollo del
proyecto: patentes, modelos de utilidad, diseño industrial, marcas u otras figuras.
h) Cuando se haya incluido financiación para acciones de internacionalización de
los resultados del proyecto se aportará documentación acreditativa de las mismas,
correspondiente a sus diferentes aspectos evaluados según lo establecido en la
convocatoria. El incumplimiento de esta obligación supondrá una reducción
correspondiente al importe financiado.

cve: BOE-A-2024-969
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Núm. 16