I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Presupuestos. (BOE-A-2024-903)
Ley 17/2023, de 22 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2024.
76 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 18 de enero de 2024
Disposición
adicional
trigésima
incompatibilidades del personal.

segunda.

Seguimiento

Sec. I. Pág. 6546
del

régimen

de

Los órganos competentes para tramitar y resolver los expedientes en materia de
incompatibilidades del personal de la Administración de la Comunidad Autónoma
efectuarán el control y seguimiento de las condiciones de las declaraciones de
compatibilidad del personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón
que haya obtenido autorización para compatibilizar su actividad con una segunda
actividad, pública o privada, en los términos previstos en la Ley 53/1984, de 26 de
diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones
Públicas.
Disposición adicional trigésima tercera. Servicios prestados en los ámbitos sectoriales
en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
El personal fijo que ocupe puestos con carácter definitivo en el ámbito de
Administración General perteneciente a otros ámbitos sectoriales de la Administración de
la Comunidad Autónoma de Aragón que pueda acreditar servicios prestados en el ámbito
sectorial respectivo podrá generar en su caso el derecho al devengo del componente
singular de perfeccionamiento profesional del complemento específico y del componente
singular transitorio del complemento específico en concepto de «anticipo a cuenta de
desarrollo profesional» aunque no haya consolidado en su ámbito sectorial los tramos de
sistema de carrera profesional que corresponda.
Disposición adicional trigésima cuarta. Competencias en materia de convocatoria y
resolución de concurso de méritos de veterinarios de Administración sanitaria.
La competencia para la convocatoria y resolución de los concursos de méritos para
la provisión de puestos de trabajo de veterinarios de Administración sanitaria le
corresponderá a la dirección general competente en materia de función pública.
Disposición adicional trigésima quinta. Nombramiento de personas extranjeras
extracomunitarias como personal estatutario del Servicio Aragonés de Salud.
En el ámbito de los procesos de selección de personal estatutario dependiente del
Servicio Aragonés de Salud y en desarrollo del párrafo a) del apartado 5 del artículo 30
de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los
servicios de salud, los extranjeros que no cumplan los requisitos establecidos en el
citado apartado podrán acceder, en igualdad de condiciones, a la condición de personal
estatutario en aquellas categorías en las que la titulación requerida para el acceso sea
exclusivamente una especialidad médica.
Disposición adicional trigésima sexta.

Compromiso con la Agenda 2030.

Con la finalidad de alinear el presupuesto con los objetivos de la Agenda 2030, el
anexo VII recoge los importes dedicados a cada uno de los diecisiete objetivos de
desarrollo sostenible, mostrando los importes totales obtenidos al relacionar cada
proyecto de gasto con aquel objetivo de desarrollo sostenible que se vea afectado de
forma primordial por el mismo.
Disposición adicional trigésima séptima.

Exención de fiscalización previa.

1. Durante el ejercicio presupuestario en vigor, no estarán sometidos a fiscalización
previa los contratos derivados de los acuerdos marco de valor estimado inferior
a 15.000,00 euros o aquellos cuya adjudicación automática esté prevista en el propio
Acuerdo Marco.

cve: BOE-A-2024-903
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 16