III. Otras disposiciones. CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR. Becas. (BOE-A-2024-897)
Resolución de 8 de enero de 2024, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas para la formación especializada en materia de seguridad nuclear y protección radiológica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 17 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 6303

la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en un plazo máximo de diez días hábiles, subsane la solicitud
o presente la documentación preceptiva, con la indicación de que, si así no lo hiciera, se
le tendría por desistido de su petición.
Artículo 13. Criterios de valoración de las solicitudes.
1. Los criterios de valoración de las solicitudes presentadas y su ponderación, que
serán desarrollados por la correspondiente convocatoria, serán los siguientes:
a) El expediente académico correspondiente a la titulación principal con la que
concurre, que se valorará hasta un máximo de 80 puntos. La valoración del expediente
académico se obtendrá aplicando la siguiente fórmula:
Puntuación = 12 x Nota Media – 40 [Puntuación igual a 12 multiplicado por la nota
media del expediente académico, menos 40].
b) Conocimientos de inglés, que se valorará hasta un máximo de 10 puntos. De
acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL) o
equivalente, corresponderán: nivel C2: 10 puntos; nivel C1: 8 puntos; nivel B2: 5 puntos;
nivel B1: 2 puntos; nivel A2: 1 punto.
c) Conocimientos de otros idiomas oficiales en la Unión Europea o en terceros
países con relevancia en relación con la materia de la beca que se solicita, y que se
podrá precisar en la respectiva convocatoria, hasta un máximo de 2 puntos. De acuerdo
con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL) o equivalente,
corresponderán: nivel C2: 2 puntos; nivel C1: 1 punto; nivel B2: 0,5 puntos; nivel B1: 0,2
puntos; nivel A2: 0,1 puntos.
d) Formación complementaria, que se valorará hasta un máximo de 6 puntos de
conformidad con los siguientes parámetros:
i) Segunda titulación de licenciatura, grado, diplomatura, ingeniería técnica o
superior, o titulaciones equivalentes en otras materias: 2 puntos.
ii) Título de Doctorado: 4 puntos.
iii) Título de máster oficial: 2 puntos. Se otorgarán 1,5 puntos cuando se hayan
cursado y aprobado todas las asignaturas del máster, aunque esté pendiente de
realizarse el trabajo de fin de máster (TFM). Se otorgarán 0,5 puntos adicionales si se ha
completado el TFM.
iv) Estudios de especialización: (máximo 2 puntos). Estudios tales como máster no
oficial, curso de postgrado o acreditación de la suficiencia investigadora: 1 punto por
cada estudio de especialización que supere las 100 horas. En el caso de máster no
oficial se otorgarán 0,75 puntos cuando se hayan cursado y aprobado todas las
asignaturas del máster, aunque esté pendiente de realizarse el trabajo fin de grado
(TFM). Se otorgarán 0,25 puntos adicionales si se ha completado el TFM.
e) Otros cursos no incluidos en el apartado anterior, publicaciones, ponencias y
presentaciones en diferentes foros, participación en proyectos de I+D+i y experiencia
laboral, que se valorarán hasta un máximo de 1,5 puntos.
f) Conocimientos de informática, hasta un máximo de 0,5 puntos.
2. A la puntuación obtenida por los conceptos de los apartados a), c), d) y e), se le
aplicará el factor de idoneidad que se establece en el anexo 1 de estas bases en función
de las titulaciones, estudios y cursos preferentes que vendrán definidos para cada beca
en la convocatoria correspondiente.
3. Se seleccionarán a aquellas personas que obtengan la mayor puntuación en
relación con cada una de las áreas de formación para las que se haya convocado una
beca. La máxima puntuación que puede obtener cada solicitante será de 100.
4. En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de resolver
el empate, este se dirimirá a favor de la solicitud que haya obtenido mayor puntuación en
aplicación del criterio previsto en el apartado a), referido al expediente académico. Si

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