I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Ministerio Fiscal. Plantilla orgánica. (BOE-A-2024-811)
Real Decreto 46/2024, de 16 de enero, por el que se modifica la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal para adecuarla a las necesidades existentes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 15

Miércoles 17 de enero de 2024

Sec. I. Pág. 6073

En este caso se ha optado por operar la modificación de la plantilla orgánica del
Ministerio Fiscal mediante el presente real decreto, procediéndose a derogar el hasta
ahora vigente Real Decreto 311/2023, de 25 de abril, por el que se modifica y amplía la
plantilla orgánica del Ministerio Fiscal para adecuarla a las necesidades existentes, en
favor de la seguridad jurídica de la regulación resultante y con el objetivo de contribuir a
un mejor conocimiento de la plantilla actualizada del Ministerio Fiscal. Por tanto, el
presente real decreto resulta coherente con la normativa existente en la materia.
En cuanto al principio de transparencia, además de quedar claramente identificados
la motivación y los objetivos que persigue el real decreto en su preámbulo, así como en
la memoria de análisis de impacto normativo, el proyecto ha sido sometido al trámite de
audiencia e información públicas y se ha posibilitado su conocimiento por sus
destinatarios.
En relación con el principio de eficiencia, se manifiesta que el proyecto no impone
nuevas cargas administrativas a los administrados y contribuye a una asignación óptima
de los recursos públicos con el fin de alcanzar los objetivos programados.
Este real decreto ha sido informado por el Consejo Fiscal, de conformidad con el
artículo 14.4 j) de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto
Orgánico del Ministerio Fiscal.
En su virtud, a propuesta del Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las
Cortes, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de enero
de 2024,
DISPONGO:
Artículo 1.

Objeto.

Mediante el presente real decreto se procede a la conversión de 219 plazas de
tercera categoría en plazas de segunda categoría, en la plantilla orgánica del Ministerio
Fiscal, aprobada mediante Real Decreto 311/2023, de 25 de abril, por el que se modifica
y amplía la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal para adecuarla a las necesidades
existentes.
Artículo 2.

Plazas objeto de conversión en la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal.

a) En la Comunidad Autónoma de Andalucía: tres plazas en la Fiscalía Provincial
de Granada; dos plazas en la Sección Territorial de Motril; dos plazas en la Fiscalía
Provincial de Almería; una plaza en la Sección Territorial de El Ejido; una plaza en la
Fiscalía Provincial de Cádiz; una plaza en la Fiscalía de Área de Jerez de la Frontera;
siete plazas en la Fiscalía Provincial de Córdoba; una plaza en la Fiscalía Provincial de
Huelva; cuatro plazas en la Fiscalía Provincial de Jaén; una plaza en la Sección
Territorial de Úbeda; doce plazas en la Fiscalía Provincial de Málaga; tres plazas en la
Fiscalía de Área de Marbella; una plaza en la Sección Territorial de Fuengirola; cuatro
plazas en la Fiscalía Provincial de Sevilla; una plaza en la Sección Territorial de Lora del
Río, y seis plazas en la Fiscalía de Área de Dos Hermanas.
b) En la Comunidad Autónoma de Aragón: dos plazas en la Fiscalía Provincial de
Zaragoza; una plaza en la Sección Territorial de Calatayud; dos plazas en la Fiscalía
Provincial de Huesca; dos plazas en la Fiscalía Provincial de Teruel, y una plaza en la
Sección Territorial de Alcañiz.
c) En la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias: tres plazas en la Fiscalía
de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias; dos plazas en la Sección
Territorial de Avilés; dos plazas en la Fiscalía de Área de Gijón, y dos plazas en la
Sección Territorial de Langreo.

cve: BOE-A-2024-811
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1. Las 219 plazas objeto de conversión en la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal
son las siguientes: