I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Ministerio Fiscal. Plantilla orgánica. (BOE-A-2024-811)
Real Decreto 46/2024, de 16 de enero, por el que se modifica la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal para adecuarla a las necesidades existentes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 17 de enero de 2024

Sec. I. Pág. 6074

d) En la Comunidad Autónoma de las Illes Balears: seis plazas en la Fiscalía de la
Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
e) En la Comunidad Autónoma de Canarias: cinco plazas en la Fiscalía Provincial
de Las Palmas y una plaza en la Fiscalía Provincial de Santa Cruz de Tenerife.
f) En la Comunidad Autónoma de Cantabria: tres plazas en la Fiscalía de la
Comunidad Autónoma de Cantabria; dos plazas en la Sección Territorial de Laredo y dos
plazas en la Sección Territorial de Torrelavega.
g) En la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: tres plazas en la Fiscalía
Provincial de Albacete; tres plazas en la Fiscalía Provincial de Ciudad Real; una plaza en
la Fiscalía Provincial de Cuenca; dos plazas en la Fiscalía Provincial de Guadalajara, y
dos plazas en el Fiscalía Provincial de Toledo.
h) En la Comunidad Autónoma de Castilla y León: cuatro plazas en la Fiscalía
Provincial de Burgos; dos plazas en la Fiscalía Provincial de Ávila; cuatro plazas en la
Fiscalía Provincial de León; una plaza en la Fiscalía de Área de Ponferrada; dos plazas
en la Fiscalía Provincial de Palencia; tres plazas en la Fiscalía Provincial de Salamanca;
dos plazas en la Fiscalía Provincial de Segovia; tres plazas en la Fiscalía Provincial de
Valladolid y dos plazas en la Fiscalía Provincial de Zamora.
i) En la Comunidad Autónoma de Cataluña: tres plazas en la Fiscalía Provincial de
Barcelona y dos plazas en la Fiscalía Provincial de Lleida.
j) En la Comunidad Autónoma de Extremadura: dos plazas en la Fiscalía Provincial
de Cáceres; cuatro plazas en la Fiscalía Provincial de Badajoz; una plaza en la Fiscalía
de Área de Mérida y una plaza en la Sección Territorial de Villanueva de la Serena.
k) En la Comunidad Autónoma de Galicia: dos plazas en la Fiscalía Provincial de A
Coruña; dos plazas en la Fiscalía de Área de Santiago de Compostela; una plaza en la
Fiscalía de Área de Ferrol; una plaza en la Sección Territorial de Mondoñedo; cuatro
plazas en la Fiscalía Provincial de Ourense; cinco plazas en la Fiscalía Provincial de
Pontevedra y cinco plazas en la Fiscalía de Área de Vigo.
l) En la Comunidad de Madrid: diez plazas en la Fiscalía Provincial de Madrid;
cuatro plazas en la Fiscalía de Área de Alcalá de Henares; cuatro plazas en la Fiscalía
de Área de Getafe-Leganés; tres plazas en la Fiscalía de Área de Móstoles; dos plazas
en la Sección Territorial de Alcobendas y dos plazas en la Sección Territorial de
Majadahonda-Pozuelo de Alarcón.
m) En la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia: cuatro plazas en la Fiscalía
de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y una plaza en la Sección Territorial
de Cieza.
n) En la Comunidad Foral de Navarra: dos plazas en la Fiscalía de la Comunidad
Foral de Navarra y una plaza en la Sección Territorial de Tudela.
ñ) En la Comunitat Valenciana: ocho plazas en la Fiscalía Provincial de Valencia;
tres plazas en la Fiscalía de Área de Alzira; dos plazas en la Sección Territorial de
Gandía; siete plazas en la Fiscalía Provincial de Alicante; una plaza en la Sección
Territorial de Alcoy; dos plazas en la Fiscalía de Área de Elche/Elx y dos plazas en la
Fiscalía Provincial de Castellón.
o) En la Comunidad Autónoma del País Vasco: siete plazas en la Fiscalía Provincial
de Bizkaia y una plaza en la Fiscalía Provincial de Gipuzkoa.
2. Las 219 plazas de tercera categoría descritas en el apartado anterior, que
conforme a lo previsto en el artículo 1 se convierten en plazas de segunda categoría,
serán aquellas cuyos titulares, al tiempo de la entrada en vigor de este real decreto, sean
los fiscales o abogados fiscales más antiguos en el escalafón en cada una de las
fiscalías afectadas.

cve: BOE-A-2024-811
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Núm. 15