II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2024-785)
Resolución de 29 de diciembre de 2023, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se convoca concurso unitario de provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional para el año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 14

Martes 16 de enero de 2024
3.

Sec. II.B. Pág. 4439

Acreditación de méritos.

Los méritos deberán ser acreditados por los y las concursantes mediante la
aportación de copias de los documentos justificativos.
En los procesos de evaluación podrá recabarse formalmente de las personas
interesadas las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime
necesaria para la comprobación de los méritos alegados.
4.

Valoración de los méritos por el tribunal.

El tribunal de valoración del concurso valorará los méritos de determinación
autonómica conforme a las reglas y baremo de puntuaciones establecidos en el
Decreto 185/1994, de 25 de agosto.
G. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha (Decreto 137/2022, de 27 de
diciembre, por el que se regulan los méritos de determinación autonómica de aplicación
en los concursos de personal funcionario de Administración Local con habilitación de
carácter nacional, DOCM núm. 2, de 3 de enero de 2023).
1.

Méritos de determinación autonómica.

Los méritos relacionados con el conocimiento de la organización territorial y de la
normativa autonómica de Castilla – La Mancha son los siguientes:
Experiencia profesional.
Se valorará el desempeño efectivo de puestos de trabajo en las entidades locales de
la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, siempre que se haya permanecido en
los puestos referidos un periodo mínimo de un año. La experiencia se valorará hasta un
máximo de 2,75 puntos, según las reglas siguientes:
a) Servicios prestados como personal funcionario de carrera, incluso con
nombramiento provisional, en puestos de trabajo reservados a personal funcionario con
habilitación de carácter nacional correspondientes a la subescala a la que se concursa:
0,04 puntos por mes.
b) Servicios prestados como personal funcionario de carrera, incluso con
nombramiento provisional, en puestos de trabajo reservados a personal funcionario con
habilitación de carácter nacional correspondientes a distinto grupo o subescala a la que
se concursa: 0,03 puntos por mes.
Cursos de formación y perfeccionamiento.

a)
b)
c)
d)

Cursos de hasta 15 horas lectivas: 0,10 puntos por curso.
Cursos de duración de 16 hasta 40 horas lectivas: 0,40 puntos por curso.
Cursos de duración de 41 hasta 100 horas lectivas: 0,60 puntos por curso.
Cursos de duración de 101 horas lectivas o más: 0,75 puntos por curso.

Actividad docente.
Se considerará como mérito el ejercicio de actividades docentes en los cursos de
formación y perfeccionamiento a que se ha hecho referencia en el apartado anterior. La

cve: BOE-A-2024-785
Verificable en https://www.boe.es

Se valorará la asistencia y, en su caso, la superación de los cursos de estas
características que tengan por objeto las especialidades de la organización territorial y de
la normativa de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, organizados u
homologados por la consejería competente en materia de Administración Local. Estos
cursos, que habrán de versar sobre las funciones reservadas al personal funcionario de
Administración Local con habilitación de carácter nacional, se valorarán hasta 1,50
puntos según las siguientes reglas: