III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-805)
Resolución de 10 de enero de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto «Instalación híbrida eólica "Parque Eólico Campanario III Híbrido" de 10 MW, y su infraestructura de evacuación, en Bonete (Albacete)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 16 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 4670

El programa de vigilancia ambiental establecerá un sistema que garantice el
cumplimiento de las indicaciones y medidas, protectoras y correctoras, contenidas en el
estudio de impacto ambiental y en la presente propuesta.
El programa de seguimiento y vigilancia ambiental contemplado en el estudio
incorporará los siguientes aspectos:
– Seguimiento de los riesgos de deslizamiento de terreno y procesos erosivos en
laderas afectadas por algún elemento del proyecto, durante las fases de construcción y
explotación. Si fuese detectado algún movimiento del terreno o principio de erosión, se
estudiarán las causas y se definirán y ejecutarán las medidas correctoras oportunas.
– Seguimiento de la efectividad de la restauración geomorfológica y vegetal (arraigo
y desarrollo de la cubierta vegetal implantada, riegos periódicos, control y reposición de
marras) realizada de todas las superficies de ocupación temporal. En función de los
resultados del seguimiento se implementarán medidas adicionales de corrección, entre
ellas revegetación de las zonas en las que ésta no haya tenido éxito. Este seguimiento
se extenderá a las zonas objeto de restauración tras el desmantelamiento del parque
eólico.
– En fase de construcción, se efectuará un control semanal de la presencia de
materiales en condiciones susceptibles de provocar contaminación y control de las
medidas protectoras en zonas próximas a cauces. En caso de apreciarse riesgos
significativos de contaminación del agua en los arroyos, se llevará a cabo un control al
menos quincenal del parámetro de calidad del agua con riesgo de incumplimiento.
– En fase de explotación, se efectuarán controles periódicos del estado y
funcionamiento de las redes de drenaje (cunetas, pasos, obras de drenaje
longitudinal, etc.), verificando su adecuación al mantenimiento o mejora del estado de
conservación de los arroyos afectados.
– Se incorporarán los controles oportunos para efectuar una detección precoz de la
presencia de especies invasoras. En el caso de que se confirme la introducción por la
ejecución del proyecto, se adoptarán medidas de respuesta rápida para erradicarlas.
– El seguimiento de los impactos sobre la fauna incluirá el ámbito de afección del
parque eólico y de la línea eléctrica de evacuación, comprenderá su vida útil y tendrá
carácter adaptativo, permitiendo establecer medidas mitigadoras adicionales más
efectivas y medidas compensatorias del impacto residual real en función de los
resultados obtenidos.
– Se llevarán a cabo los controles oportunos para verificar la eficacia de las medidas
adoptadas para permitir el escape de la fauna de pequeño tamaño en los pasos
canadienses, en el caso de que se instalen, y para detectar la existencia de afecciones
sobre este tipo de fauna.
– Se llevará a cabo un seguimiento sistemático de la utilización del territorio y del
espacio aéreo por las aves y murciélagos clave empleando la misma metodología e
intensidad de muestreo del estudio de fauna. La primera campaña servirá para
determinar la situación antes del proyecto.
– Para el seguimiento de la mortalidad provocada por aerogeneradores, se seguirá
alguna de las metodologías generalmente reconocidas: Directrices para la evaluación del
impacto de los parques eólicos en aves y murciélagos de SEO/BirdLife, Directrices
básicas para el estudio del impacto de instalaciones eólicas sobre poblaciones de
murciélagos en España de la Asociación Española para la Conservación y el Estudio de
los Murciélagos (SECEMU). La frecuencia de muestreo de recogida de cadáveres no
será inferior a quince días. Previamente al inicio de la explotación, se realizará un test de
desaparición de cadáveres para adecuar la frecuencia de las inspecciones necesarias y
permitir estimar la mortalidad realmente causada. Dicho test será reajustado anualmente.
Se deberán utilizar perros adiestrados en la búsqueda para aumentar la eficacia. En
todos los casos se debe llegar a determinar la especie a que corresponden los restos
encontrados. En el caso de detectar una mortalidad elevada de quirópteros, se instalará
un micrófono en altura (en torre meteorológica, 25 m por debajo de la altura de la pala)
conectado a un detector y grabador autónomo de ultrasonidos para determinar con más

cve: BOE-A-2024-805
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Núm. 14