III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Ayudas. (BOE-A-2024-690)
Orden CNU/1459/2023, de 26 de diciembre, por la que se modifica la Orden CIN/1025/2022, de 27 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas correspondientes a varios programas y subprogramas del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, cuya gestión corresponde a la Agencia Estatal de Investigación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 11

Viernes 12 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 3965

mismo, se valorará el potencial de la propuesta para la creación de empleo directo
de los miembros del consorcio; el impacto que pueda derivarse de la propuesta en
términos de generar valor tangible e intangible para la economía, la sociedad, la
cultura o las políticas públicas, la inversión privada movilizada por el proyecto. En
aquellos casos que así lo requieran, se valorará la inclusión de la dimensión de
género en el contenido de la investigación o el impacto asociado al ámbito de la
discapacidad y otras áreas de inclusión social.
4. Adecuación del presupuesto solicitado. Se valorará la adecuación del
presupuesto solicitado en relación con los objetivos a alcanzar y actividades a
desarrollar en el ámbito del proyecto; la adecuación de los medios materiales y
humanos necesarios, así como el porcentaje y las actividades objeto de
subcontratación.
Desempate. En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a
efectos de resolver el empate, este se dirimirá a favor de la solicitud que tenga
mayor puntuación en la valoración del criterio 1. Si aun así continuara el empate,
éste se resolverá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la
valoración de los criterios 3 y 2, por este orden. Si continuará persistiendo, el
empate se resolverá a favor de la solicitud que primero hubiera sido presentada o
mediante sorteo celebrado ante el órgano instructor, según se determine en la
convocatoria.
11. Actuaciones dirigidas a la generación de sinergias entre grupos de
investigación de distintas instituciones con el objetivo la creación de redes de
investigación para promover la complementariedad de capacidades y optimizar los
recursos de investigación existentes [artículo 7.2.c).1.º, iii]
Convocatoria: Redes de investigación
Puntuación

1.

Calidad y viabilidad de la propuesta.

0-40

2.

Calidad y trayectoria de los componentes del proyecto.

0-30

3.

Impacto esperado de los resultados.

0-30

1. Calidad y viabilidad de la propuesta. Se valorará la idoneidad de la
propuesta a las características y finalidad de la convocatoria; la calidad científica,
tecnológica e innovadora de la propuesta; la relevancia, claridad, novedad y
pertinencia de los objetivos científico-técnicos y el carácter ínter y multidisciplinar
de la propuesta; la definición e idoneidad de la metodología propuesta, así como la
adecuación del plan de trabajo y del cronograma a la consecución de los objetivos
propuestos; la adecuación de la distribución de actividades entre los distintos
miembros de la red; la identificación de puntos críticos y planes de contingencia,
así como los recursos humanos y materiales disponibles, tanto por parte de la
entidad coordinadora como de la red globalmente, para llevar a cabo la propuesta.
2. Calidad y trayectoria de los componentes del proyecto. Se valorará para el
coordinador de la red y todos los componentes de la misma la calidad de las
contribuciones científico-técnicas, su relevancia y contribución a la generación de
conocimiento; la generación de ideas e hipótesis y los resultados obtenidos; las
aportaciones a la sociedad, tales como actividades de desarrollo tecnológico y de
innovación; el desarrollo de herramientas de software; la aportación de datos en
acceso abierto; las actividades de divulgación; la colaboración con la industria y
con entidades públicas y privadas, así como con otros usuarios finales de la
investigación; las colaboraciones previas entre los miembros de la Red y el grado
de complementariedad entre los mismos. Así mismo, se valorará cualquiera otro

cve: BOE-A-2024-690
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Criterios de Evaluación