III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Ayudas. (BOE-A-2024-690)
Orden CNU/1459/2023, de 26 de diciembre, por la que se modifica la Orden CIN/1025/2022, de 27 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas correspondientes a varios programas y subprogramas del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, cuya gestión corresponde a la Agencia Estatal de Investigación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 12 de enero de 2024

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11. Intensidad de ayuda. Es la cantidad bruta de ayuda expresada como
porcentaje de los costes subvencionables, antes de cualquier deducción fiscal o
de otras cargas.
Cuando la ayuda adopte cualquier forma distinta a la subvención, la intensidad
de la ayuda será el equivalente en subvención bruta de la ayuda expresada,
asimismo, como porcentaje de los costes subvencionables.
12. Equivalente de subvención bruta. Para ayudas concedidas en forma
distinta de la subvención, es la cantidad de ayuda si ésta se hubiese concedido en
forma de subvención, antes de cualquier deducción fiscal u otras cargas. Para su
cálculo se seguirá el método indicado en la Comunicación de la Comisión relativa
a la revisión del método de fijación de los tipos de referencia y de actualización
(2008/C 14/02).
13. Empresas de base tecnológica. Empresas productoras de bienes y de
servicios que se caracterizan, entre otros, por los siguientes rasgos:
a) Su activo más importante es el conocimiento (know-how) por ellas
generado y su aplicación a una innovación tecnológica (nuevos productos,
procesos o servicios, o bien la mejora significativa de los ya existentes), como
base para la mejora de su competitividad.
b) Cuentan con personal científico y/o técnico cualificado, con formación
superior y/o un departamento de I+D propio, o tienen un estrecho contacto con un
centro tecnológico, de investigación o universidad.
c) Su gestión se apoya en nuevas tecnologías.
14. Prueba de concepto. Actividades que permitan progresar en las primeras
etapas del desarrollo pre-competitivo y facilitar la transferencia o explotación de
los resultados, en forma de productos, bienes, servicios u otras aplicaciones, que
sean beneficiosos para la economía, la sociedad, la cultura o las políticas públicas.
15. Infraestructura de ensayo y experimentación (infraestructuras
tecnológicas): Se definen en la Comunicación de la Comisión Europea
(2022/C 414/01) como instalaciones, equipos, capacidades y recursos, como los
bancos de pruebas, las líneas piloto, los demostradores, las instalaciones de
ensayo o los laboratorios vivientes, y los servicios de apoyo conexos utilizados
predominantemente por empresas, especialmente por pymes, que buscan ayuda
para el ensayo y la experimentación con el fin de desarrollar productos, procesos y
servicios nuevos o mejorados, y de probar y mejorar/ampliar la escala de
tecnologías con el fin de avanzar a través de la investigación industrial y el
desarrollo experimental. El acceso a las infraestructuras de ensayo y
experimentación financiadas con fondos públicos está abierto a varios usuarios y
ha de concederse de forma transparente y no discriminatoria y en condiciones de
mercado.
16. Entidad basada en el conocimiento. Entidad cuyo objeto social
comprenda el uso y el aprovechamiento, industrial o comercial, de las
innovaciones, de los conocimientos científicos y de los resultados obtenidos y
desarrollados por los agentes públicos de ejecución del Sistema Español de
Ciencia, Tecnología e Innovación.
17. Transferencia de conocimiento. Actividad que puede desplegarse a
través de múltiples canales, desde la comercialización de patentes, la participación
en entidades basadas en el conocimiento o la creación de empresas “spin-off”,
hasta los contratos de consultoría o asistencia técnica, así como diversos modelos
de colaboración entre agentes, el desarrollo de normas técnicas o estándares, y
otros mecanismos más informales de divulgación y comunicación de los resultados
de la investigación.
18. Datos de investigación. Se consideran datos de investigación a todo
aquel material que ha sido generado, recolectado, observado o registrado durante
el ciclo de vida de un proyecto de investigación y que se utilizan como evidencia

cve: BOE-A-2024-690
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Núm. 11