III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Ayudas. (BOE-A-2024-688)
Orden CLT/1458/2023, de 29 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas a eventos profesionales para la internacionalización de las industrias culturales y creativas, y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente a los años 2024 y 2025, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 12 de enero de 2024

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se ofrece información sobre los modelos de la documentación obligatoria a presentar
para solicitantes y beneficiarios.
2. El formulario de solicitud deberá ser cumplimentado en su totalidad y en
castellano. Los datos no cumplimentados, total o parcialmente, no serán tenidos en
cuenta a efectos de su valoración.
3. Podrá presentarse un máximo de una solicitud por titular. La solicitud solo
contemplará un proyecto. En el supuesto de que el mismo titular supere el límite
señalado, se evaluará la primera solicitud que haya presentado, según fecha de registro,
considerándose excluidas las restantes.
4. El interesado o el representante legal que actúe en su nombre declararán
expresamente al firmar electrónicamente la solicitud que el solicitante no incurre en
ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición para obtener subvenciones, ni
tiene obligaciones de reintegro de subvenciones, según lo establecido en el artículo 13
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
5. Para poder percibir fondos procedentes del proyecto del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia C24.I01.P03, «Medidas de apoyo a las empresas y
profesionales para que se intensifique su presencia en plataformas y mercados
nacionales e internacionales con el objetivo de fortalecer la conexión sectorial y expandir
los modelos de negocio», el interesado o el representante legal que actúe en su nombre
deberán firmar electrónicamente al presentar la solicitud las siguientes declaraciones
responsables:
a) Declaración responsable de cesión y tratamiento de datos en relación con la
ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
(PRTR), establecida en el artículo 8 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre,
para la identificación del perceptor final de fondos conforme al modelo contenido en el
anexo IV.B de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
b) Declaración responsable de compromiso con la ejecución de actuaciones del
PRTR, entre las que se encuentran los estándares más exigentes en relación con el
cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y morales, adoptando las medidas
necesarias para prevenir y detectar el fraude, la corrupción y los conflictos de intereses,
así como que no incurre en doble financiación y que no le consta riesgo de
incompatibilidad con el régimen de ayudas de Estado.
c) Declaración responsable de compromiso con el principio de no causar un
perjuicio significativo al medio ambiente (DNSH) y lo recogido en el apartado 2 de la
norma cuarta conforme al modelo contenido en el anexo IV.C de la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
d) Autorización para el acceso de las entidades de control financiero de la Unión
Europea para el ejercicio de las funciones que les son atribuidas por el reglamento
financiero en relación al otorgamiento de ayudas económicas incluidas en el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, de acuerdo a lo dispuesto en la letra e) del
apartado 2 del artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y del
Consejo de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
6. Los formularios de solicitud se cumplimentarán por la persona que actúe en
nombre o representación de la persona jurídica solicitante, mediante certificado
electrónico de persona física a nombre del representante legal de la entidad, o bien
certificado electrónico de persona jurídica a nombre de la entidad solicitante. En ambos
casos, el certificado electrónico deberá estar emitido por alguna de las autoridades de
certificación reconocidas por la Administración General del Estado. Las solicitudes se
presentarán con la documentación que se detalla a continuación:
a) Copia digitalizada de la tarjeta del Número de Identificación Fiscal de la entidad (NIF).
b) Copia digitalizada de la escritura pública de constitución inscrita en el correspondiente
registro. Esto incluye el acta fundacional y los estatutos de la empresa actualizados.

cve: BOE-A-2024-688
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 11