V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2024-689)
Anuncio de la Dirección General de la Costa y el Mar, en procedimiento de deslinde aprobado por la O.M. de 22 de diciembre de 2023, en el tramo de costa de unos mil quinientos catorce (1.514) metros de longitud, comprendido entre la playa de Melenara y la playa de Salinetas, en el término municipal de Telde, isla de Gran Canaria (Las Palmas). DES01/08/35/0011-DES10/01.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 11 de enero de 2024

Sec. V-B. Pág. 1235

pueda tener eficacia invalidante es necesario que carezca de los requisitos
formales indispensables para alcanzar su fin o de lugar a la indefensión de los
interesados, tal y como dispone el artículo 63.2 de la Ley 30/1992. Pues bien, para
que la indefensión comporte la nulidad del acto recurrido, es imprescindible que no
se trate de meras irregularidades procedimentales, sino de defectos que causen
una situación de indefensión de carácter material, no meramente formal, esto es,
que la misma haya originado al recurrente un menoscabo real de su derecho de
defensa causándole un perjuicio real y efectivo (SSTC 212/1994, de 13 de julio; 89/
1997, de 5 de mayo;78/1999, de 26 de abril, entre otras), lo que no concurre en
este caso, como se demuestra con las alegaciones presentadas por los
interesados que denotan que conocen lo actuado por la administración en el
procedimiento y que han ejercido su derecho a oponerse.
En cuanto a lo manifestado por el Servicio Jurídico, puede indicarse lo
siguiente. Los datos registrales aportados por el Registro de la Propiedad de Telde
constan en el expediente, y no han permitido constatar que figuren nuevos
interesados a los que ya figuraban en el expediente. Pero es que, además, para el
caso de que existieran interesados no identificados, estos habrían podido
comparecer en el expediente ya que éste ha tenido la suficiente publicidad tanto en
la fase de información pública (cuando se publicó en la página Web del Ministerio,
en el Boletín Oficial de la Provincia y en un diario de los de mayor circulación) así
como durante el trámite de audiencia, ya que a los efectos previstos en el artículo
44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, se publicó anuncio en el Suplemento de
Notificaciones del Boletín Oficial del Estado de 22 de noviembre de 2022,
enumerando la totalidad de las fincas colindantes con el dominio público marítimoterrestre. Esta publicidad, de hecho, ha permitido que los interesados hayan
presentado alegaciones que han sido estudiadas para la redacción de esta
resolución.
En relación con esta tramitación en el Registro de la Propiedad de Telde,
conviene hacer la siguiente aclaración: Con fecha 22 de mayo de 2022, el Registro
de la Propiedad emitió un escrito, recibido en agosto de 2022, que contenía
certificaciones de dominio y cargas de fincas en Telde.
La Demarcación de Costas en Canarias analizó dicha documentación,
comprobándose que el número de certificaciones facilitadas excedía de lo
establecido en el artículo 21.2.c) del Reglamento General de Costas, por lo que,
con fecha 7 de septiembre de 2022, volvió a solicitarse al Registro de la Propiedad
la mencionada certificación de domino y cargas, únicamente de las fincas
colindantes con la propuesta de deslinde, en base al mencionado artículo 21.2.c)
del Reglamento General de Costas. A tal efecto, la Demarcación de Costas
adjuntaba una enumeración de las fincas registrales afectadas.
El Registro de la Propiedad respondió, mediante escrito de fecha 22 de
septiembre de 2023, recibido en noviembre de 2023, indicando "se hace constar
que no ha sido expedida nuevamente dicha certificación, toda vez que la misma
fue expedida anteriormente con fecha dos de mayo de dos mil veintidós, en los
mismos términos solicitados".
Puede considerarse, por tanto a la vista de todo lo anterior, incorporado al
expediente la certificación del dominio y cargas expedida por el Registrador de la
Propiedad de Telde, toda vez que la misma consta en el escrito de mayo de 2022,
aunque, tal y como se ha indicado, la misma exceda del ámbito solicitado.

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Núm. 10