III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-486)
Resolución de 3 de enero de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., y la Autoridad Portuaria de Santander, para colaborar en la organización del encuentro «Riesgos, adaptación y resiliencia de los puertos al cambio climático».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 9 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 2785

– Abonará a la UIMP, a través de los procedimientos ordinarios establecidos por
la Secretaría de Alumnos de la UIMP para el pago de matrículas, el importe de la
matrícula y tasa de secretaría de los alumnos invitados por la propia APS según se
recoge en el apartado II.b) de la cláusula tercera.
II. La UIMP se compromete a asumir directamente, con cargo a su presupuesto
ordinario, la financiación de los gastos que gestiona según los apartados I.a) y II.a) de la
cláusula tercera que no se cubren con la aportación que realiza la APS según lo recogido
en el apartado I de esta cláusula. Esta financiación no supone un traspaso de fondos de
la UIMP a la APS. Dichos gastos se financian con cargo a los créditos aprobados para el
conjunto de su programación de cursos avanzados en 2023 (diferentes conceptos según
la diferente naturaleza de cada uno de los gastos). Para ello, la UIMP tramita y aprueba
los correspondientes expedientes de gasto con carácter general para el conjunto de
cursos, según los procedimientos legalmente establecidos.
III. La APS podrá recabar la participación de otras entidades públicas o privadas
para cubrir su compromiso económico en relación con este convenio, informando de ello
previamente a la UIMP para su conformidad. Estas entidades en ningún caso
participarán en la organización del encuentro ni en la ejecución del presente convenio,
sino que simplemente podrán hacer efectiva su financiación mediante aportación de
fondos o en especie, en calidad de entidades colaboradoras o patrocinadoras, mediante
la suscripción de los correspondientes convenios, contratos o acuerdos con la APS, que
será quien asimismo reciba, en su caso, la financiación. Los acuerdos a los que la APS
llegue con dichas entidades sobre su financiación y contraprestaciones no podrán
suponer modificación alguna a lo pactado entre la APS y la UIMP en este documento.
Quinta. Visibilidad de las partes. Titularidad de los resultados. Publicaciones y otros
medios de difusión posterior.
I. En cuantos medios se utilicen para la promoción y difusión del encuentro se
destacará la colaboración de la APS con la UIMP, respetando en todo caso las directrices
de imagen externa que ambas instituciones faciliten con este fin.
II. La titularidad y derechos de autor de las ponencias, conferencias y demás
presentaciones que se efectúen en el encuentro en ejecución de este convenio, así
como de los materiales audiovisuales, gráficos, etc., que las apoyen, serán en todo caso
de los profesores que las hayan elaborado e impartido. No obstante, dichos autores
podrán transmitir a las partes firmantes del convenio sin carácter de exclusividad los
derechos patrimoniales de explotación, digitalización, reproducción, distribución,
comunicación pública y transformación de dichos materiales si así se acuerda y se
formaliza por escrito, mediante documento en el que se recoja el alcance de la cesión, el
tiempo y el ámbito territorial. En todo caso las partes se comprometen al cumplimiento de
la legislación vigente en materia de propiedad intelectual.
III. Sin perjuicio de los demás permisos que legalmente fueran precisos (derechos de
autor, integridad de la obra, etc.), la APS podrá publicar las ponencias del encuentro en
alguna de sus colecciones editoriales, financiando íntegramente a su cargo el libro. En tal
caso, se compromete a que en dicha publicación figure el título del encuentro, fecha y
lugar en el que se impartió, así como la colaboración de las partes firmantes en su
organización, debiendo supervisar necesariamente la UIMP estos aspectos. La edición se
llevaría a cabo sin coste alguno para la UIMP. Asimismo, la APS se compromete a enviar
a la UIMP un mínimo de 5 ejemplares para sus bibliotecas y archivos.
IV. Las partes podrán decidir de mutuo acuerdo la incorporación de las grabaciones de
las ponencias impartidas en el encuentro, de las presentaciones y otros materiales docentes
asociados a estas, a la plataforma de formación a distancia del Programa Trainfortrade de
la UNCTAD (Conferencia de las Naciones Unidas para el Comercio y el Desarrollo),
organismo intergubernamental permanente que forma parte de la Secretaría de las
Naciones Unidas, cuyo propósito es el fortalecimiento de las capacidades y competencias
del capital humano de las comunidades portuarias de América Latina y el Caribe. La

cve: BOE-A-2024-486
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Núm. 8