III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-504)
Resolución de 25 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de Aparca&Go, SL.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 8

Martes 9 de enero de 2024

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condiciones laborales, tal y como se contempla en su artículo 18; y de unas condiciones
retributivas (anexo I y artículo 29), de beneficios sociales (artículo 33 y 34) y permisos
retribuidos (artículo 23) adaptados a las particularidades (diferencias) de negocio
intrínsecas en cada uno de los centros de trabajo.
La finalidad de la negociación y acuerdo del II Convenio Colectivo de la empresa
Aparca&Go, SL, es que la empresa pueda competir en las mismas condiciones que el
resto de empresas de aparcamientos de viajeros que operan en cada una de las
Comunidades Autónomas en las que Aparca&Go desarrolla su actividad.
TEXTO DEL II CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA APARCA&GO, SL
Artículo 1.

Partes signatarias.

El presente convenio colectivo se concierta en el marco legislativo vigente sobre
negociación colectiva entre la empresa Aparca&Go, SL, y la Confederación General del
Trabajo (CGT), reconociéndose mutuamente legitimación para negociar el presente
convenio colectivo de empresa.
CAPÍTULO I
Ámbitos del convenio
Artículo 2. Eficacia y alcance obligacional.
La regulación contenida en este convenio, consecuencia de la autonomía de la
voluntad colectiva, será de preceptiva observancia en los ámbitos territorial, funcional,
personal y temporal pactados.
Artículo 3. Ámbito funcional.
Al tratarse de un convenio de empresa, la funcionalidad se limita al ámbito de esta,
definido en su objeto social actual, y el que pudiera constituir en el futuro, si se produjera
ampliación de este durante la vigencia del presente convenio.
Artículo 4.

Ámbito personal.

El presente convenio es de obligada observancia para la empresa y para todas las
personas trabajadoras que tengan establecida una relación laboral común por cuenta
ajena con la empresa Aparca&Go, independientemente del tipo de contrato laboral, fijo o
temporal, bajo el que se haya formalizado esa relación.
En consecuencia, quedan fuera del ámbito del presente convenio, de forma
automática, aquellas relaciones que estén expresamente excluidas por Ley o estén
desarrolladas y definidas por regulaciones específicas que les confieran un carácter de
relación laboral de carácter especial.

El presente convenio colectivo afecta a cuantos centros de trabajo tiene establecidos
Aparca&Go en el territorio español, así como aquellos que puedan abrirse en el futuro y
durante la vigencia de este.
Debido a ello, y por afectar a centros situados en distintas Comunidades Autónomas,
el presente convenio es definido como de ámbito nacional.
Artículo 6. Ámbito temporal.
El presente convenio entrará en vigor en fecha 1 de noviembre de 2023 y extenderá
su vigencia hasta el día 31 de diciembre de 2029.

cve: BOE-A-2024-504
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 5. Ámbito territorial.