III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-504)
Resolución de 25 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de Aparca&Go, SL.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 8

Martes 9 de enero de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
504

Resolución de 25 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de Aparca&Go, SL.

Visto el texto del II Convenio Colectivo de Aparca&Go, SL (código de convenio
número 90103722012020), que fue suscrito con fecha 5 de octubre de 2023, de una
parte, por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma,
y, de otra, por la organización sindical CGT, en representación de los trabajadores
afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley
del Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real
Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos,
acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del mencionado convenio colectivo en el correspondiente
registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 25 de diciembre de 2023.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
II CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA APARCA&GO, SL

Las partes firmantes del II Convenio Colectivo de la empresa Aparca&Go, SL,
expresan que la negociación y acuerdo del II Convenio Colectivo de empresa obedece a
la necesidad de adaptar las condiciones laborales de las personas trabajadoras al ámbito
de la empresa Aparca&Go, SL, cuya actividad no se asimila a la de un aparcamiento de
tipo convencional. Este objetivo ha estado presente en todas las reuniones mantenidas
por la Comisión Negociadora durante todo el proceso negociador del presente II
Convenio Colectivo de empresa. En este sentido, el convenio colectivo de empresa se
ha negociado y acordado teniendo en cuenta el modelo de negocio de la empresa:
aparcamiento para estancias largas, enfocado a viajeros, ofreciendo el servicio de
traslado desde el parking hasta la terminal de aeropuerto o estación de tren y viceversa
(servicio Express) o la recogida del vehículo en la propia terminal y viceversa (servicio
Premium), las veinticuatro horas del día y por trescientos sesenta y cinco días al año.
Las partes firmantes II Convenio Colectivo de la empresa Aparca&Go exponen que esta
actividad no se encuentra representada ni en el ámbito funcional del convenio colectivo
del sector de aparcamientos y garajes de ámbito nacional, ni en los de ámbito sectorial.
Tal y como se recoge en el articulado del convenio colectivo de empresa, la actividad
de Aparca&Go requiere, principalmente, de una clasificación profesional en la que esté
contemplada, de manera específica, el puesto de conductor/a lanzadera, agente
premium y conductor/a ordena coches (artículo 17); una mayor flexibilidad de las

cve: BOE-A-2024-504
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Exposición de motivos