III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Escuelas de conductores. Profesorado. (BOE-A-2024-502)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Tráfico, por la que se convoca prueba selectiva para obtener el certificado de aptitud de Director de Escuelas de Conductores.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 8

Martes 9 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 2888

A la solicitud, debidamente cumplimentada, deberá acompañarse la siguiente
documentación:
a) Fotocopia del DNI o NIE.
b) Justificación de haber abonado la tasa por derechos de examen.
3.

Tasa por derechos de examen

A la solicitud se acompañará el justificante del pago de la tasa correspondiente tras
haber abonado de la forma que se indica en este apartado la tasa 5.1 «Derechos de
examen de Profesores de formación vial y Directores de escuelas de conductores».
Para el pago de la tasa indicada, se deberán seguir las siguientes instrucciones:
1.º Cumplimentar el modelo 791 para el pago correspondiente de la tasa 5.1. Dicho
modelo se encuentra disponible en la sede electrónica de la Dirección General
de Tráfico, a través del servicio de «Pago de tasas».
2.º Pago de la tasa, recogida en el modelo 791. Dicho pago se puede realizar por
varias vías:
A)

Pago electrónico.

A través del servicio de «Pago de tasas» de la sede electrónica de la Dirección
General de Tráfico, se cumplimentará el mencionado modelo de autoliquidación 791, y
se seleccionará una de las siguientes formas de pago: con tarjeta de crédito o débito y
con cargo en cuenta bancaria.
En la sede electrónica se dispone de la relación de entidades financieras que
admiten cobro por cada forma de pago. El código de la tasa emitido tras la finalización
del pago se adjuntará a la solicitud que figura como anexo I en esta resolución.
Para realizar el pago electrónico de tasas es necesario estar en posesión del DNI
electrónico o disponer de un certificado electrónico en vigor admitido en la
Administración General del Estado. Cualquier otro medio de identificación y firma
admitido será informado a través de la sede electrónica del organismo.
B)

Pago presencial.

– Dirigirse a la jefatura provincial u oficina de Tráfico y abonar la tasa 5.1 con tarjeta
de crédito o débito. Desde la Jefatura se suministrará la correspondiente tasa a adjuntar
a la solicitud del anexo I.
– Dirigirse presencialmente (con el modelo 791 Impreso) a una entidad financiera
para hacer el pago en efectivo o con cargo en cuenta indicando,en este caso, la cuenta
bancaria en la que se realizará el cargo. Posteriormente al pago, sea cual sea el sistema
empleado en la entidad financiera, debe presentar obligatoriamente en una jefatura
de Tráfico el «Ejemplar para la Administración» debidamente validado por dicha entidad
para que el gestor de la oficina de tráfico le suministre la correspondiente tasa que se
deberá adjuntar a la solicitud del anexo I.
Cada modelo de autoliquidación 791 es único, por lo que no se pueden utilizar
fotocopias.
Únicamente procederá la devolución de la tasa por derechos de examen exigida
cuando no se realice el hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo; por
tanto, no procederá devolución alguna en los supuestos de exclusión del proceso

cve: BOE-A-2024-502
Verificable en https://www.boe.es

Como alternativa al pago electrónico, el usuario puede generar online el modelo 791
desde la opción de imprimir en el servicio indicado de «Pago de tasas» de la sede
electrónica de la Dirección General de Tráfico. La aplicación generará tres ejemplares:
uno para el interesado, otro para la Administración y un tercero para la entidad financiera
colaboradora.
Una vez impreso tiene dos opciones: