III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Escuelas de conductores. Profesorado. (BOE-A-2024-502)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Tráfico, por la que se convoca prueba selectiva para obtener el certificado de aptitud de Director de Escuelas de Conductores.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 8

Martes 9 de enero de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DEL INTERIOR
502

Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Tráfico,
por la que se convoca prueba selectiva para obtener el certificado de aptitud
de Director de Escuelas de Conductores.

De acuerdo con la atribución de competencias contenida en el Reglamento regulador
de las escuelas particulares de conductores, aprobado por Real Decreto 1295/2003,
de 17 de octubre, se convoca prueba selectiva para quienes deseen obtener el
certificado de aptitud de director de escuelas de conductores conforme a las siguientes
bases:
1.

Requisitos de los candidatos

De conformidad con lo establecido en el artículo 46 y 47 del Real Decreto 1295/2003,
para tomar parte en esta convocatoria será necesario estar en posesión del certificado
de aptitud de profesor de formación vial o de profesor de escuelas particulares de
conductores expedido en fecha anterior al día en que finalice el plazo de presentación de
solicitudes.
Quienes hayan obtenido el título o certificado equivalente al certificado de aptitud de
profesor de formación vial en otros estados de la UE o en otros Estados signatarios del
Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deberán tener homologado el mismo en
la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes y acreditarlo
documentalmente.
Si, en algún momento, el tribunal calificador tuviera conocimiento de que algún
aspirante no cumple uno o varios de los requisitos exigidos en la presente convocatoria,
o de la certificación acreditada resultara que su solicitud adolece de errores o falsedades
que imposibilitaran su acceso para la obtención del certificado de aptitud de director de
escuelas de conductores, en los términos establecidos en la presente convocatoria,
deberá proponer su exclusión al Presidente del tribunal calificador quien, previa
audiencia del interesado, dictará resolución de exclusión, sin perjuicio de la
responsabilidad a que hubiera lugar.
2.

Solicitudes y documentación

a) Los datos deberán cumplimentarse de forma digital (no manuscrita) en letra
mayúscula de manera clara y perfectamente legible.
b) Será necesario rellenar todos los datos especialmente el correo electrónico y
teléfono para contactar con el interesado en caso de ser necesario.
c) Es imprescindible que la solicitud esté firmada por la persona aspirante que,
igualmente, deberá firmar la declaración responsable incluida en la solicitud de que
cumple los requisitos para tomar parte en la prueba señalados en la base 1.

cve: BOE-A-2024-502
Verificable en https://www.boe.es

Quienes deseen tomar parte en esta prueba deberán presentar solicitud conforme al
modelo que figura en el anexo I de la presente resolución. El impreso de solicitud se
puede descargar en la dirección de internet www.dgt.es.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día
siguiente al de publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Para cumplimentar la solicitud, los aspirantes deben tener en cuenta las siguientes
instrucciones: