III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Escuelas de conductores. Profesorado. (BOE-A-2024-501)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Tráfico, por la que se convoca curso para obtener certificado de aptitud de Profesor de Formación Vial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 8

Martes 9 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 2878

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día
siguiente al de publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Para cumplimentar la solicitud, las personas aspirantes deben tener en cuenta las
siguientes instrucciones:
a) Los datos deberán cumplimentarse de forma digital (no manuscrita) en letra
mayúscula de manera clara y perfectamente legible.
b) Será necesario rellenar todos los datos especialmente el correo electrónico y
teléfono para contactar con el interesado en caso de ser necesario.
c) Es imprescindible que la solicitud esté firmada por la persona aspirante. También
es imprescindible que la persona aspirante firme la declaración responsable, incluida en
la solicitud, de que cumple los requisitos para tomar parte en el curso, señalados en la
base 1.
2.2 A la solicitud se acompañará el justificante del pago de la tasa 5.1 «Derechos
de examen de Profesores de formación vial y Directores de escuelas de conductores».
Para el pago de la tasa indicada, se deberán seguir las siguientes instrucciones:
1.º Cumplimentar el modelo 791 para el pago correspondiente de la tasa 5.1. Dicho
modelo se encuentra disponible en la sede electrónica de la Dirección General de
Tráfico, a través del servicio de «Pago de tasas».
2.º Pago de la tasa, recogida en el modelo 791. Dicho pago se puede realizar por
varias vías:
A)

Pago electrónico.

A través del servicio de «Pago de tasas» de la sede electrónica de la Dirección
General de Tráfico, se cumplimentará el mencionado modelo de autoliquidación 791, y
se seleccionará una de las siguientes formas de pago: con tarjeta de crédito o débito y
con cargo en cuenta bancaria.
En la sede electrónica se dispone de la relación de entidades financieras que
admiten cobro por cada forma de pago. El código de la tasa emitido tras la finalización
del pago se adjuntará a la solicitud que figura como anexo I en esta resolución.
Para realizar el pago electrónico de tasas es necesario estar en posesión del DNI
electrónico o disponer de un certificado electrónico en vigor admitido en la
Administración General del Estado. Cualquier otro medio de identificación y firma
admitido será informado a través de la sede electrónica del organismo.
B)

Pago presencial.

– Dirigirse a la Jefatura Provincial u Oficina de Tráfico y abonar la tasa 5.1 con
tarjeta de crédito o débito. Desde la Jefatura se suministrará la correspondiente tasa a
adjuntar a la solicitud del anexo I.
– Dirigirse presencialmente (con el modelo 791 Impreso) a una entidad financiera
para hacer el pago en efectivo o con cargo en cuenta indicando,en este caso, la cuenta
bancaria en la que se realizará el cargo. Posteriormente al pago, sea cual sea el sistema
empleado en la entidad financiera, debe presentar obligatoriamente en una Jefatura de
Tráfico el «Ejemplar para la Administración» debidamente validado por dicha entidad
para que el gestor de la oficina de tráfico le suministre la correspondiente tasa que se
deberá adjuntar a la solicitud del anexo I.

cve: BOE-A-2024-501
Verificable en https://www.boe.es

El usuario puede generar online el modelo 791 desde la opción de Imprimir en el
servicio indicado de «Pago de tasas» de la sede electrónica de la Dirección General de
Tráfico. La aplicación generará tres ejemplares: uno para el interesado, otro para la
administración y un tercero para la entidad financiera colaboradora.
Una vez impreso el modelo 791 tiene dos opciones: