III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2024-415)
Resolución 420/38521/2023, de 12 de diciembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Almería, para la realización de prácticas académicas externas en unidades, centros y organismos del Ministerio de Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 7

Lunes 8 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 2167

por parte de los titulares de los datos personales de los derechos que derivan de la
normativa de protección de datos personales.
La documentación de cada actividad que se realice al amparo del presente convenio
incluirá la oportuna cláusula del tratamiento de datos personales, con especificación de
los puntos legalmente exigibles.
Los datos personales objeto de tratamiento con motivo del convenio se incorporarán
a los Registros de Actividades de Tratamiento de cada una de las partes intervinientes,
con la finalidad de gestionar la relación en el mismo descrita. Las partes intervinientes se
abstendrán de hacer ningún tipo de tratamiento de los datos personales que no sea
estrictamente necesario para el cumplimiento de los fines del presente convenio.
Los titulares de los datos personales podrán ejercitar ante el responsable o el
encargado del tratamiento de datos personales los derechos de acceso, rectificación,
supresión y portabilidad de los datos personales, y de limitación y oposición al
tratamiento.
Si las partes intervinientes en el convenio destinasen los datos personales que
obtengan a consecuencia del mismo a otra finalidad, los comunicasen o utilizasen
incumpliendo lo estipulado en el convenio y/o en la normativa de protección de datos
personales, cada una de las partes responderá de las responsabilidades que deriven de
los daños y perjuicios que causen, a fin de garantizar al perjudicado la indemnización
efectiva, sin perjuicio de lo que prevé el artículo 82.5 del RGPD europeo.
Las garantías que, en orden a los datos personales, se recogen en esta cláusula
tendrán validez durante la vigencia del convenio y sus prórrogas.

El interior de una Instalación Militar cuenta con diversas Zonas de Seguridad. Al Jefe
de la instalación le corresponde autorizar expresamente a qué zonas puede acceder el
personal civil. Dicha autorización deberá seguir lo especificado en la normativa de
seguridad de las instalaciones y, en particular, lo detallado en el Plan de Seguridad.
Por otra parte, el personal civil deberá seguir cuantas indicaciones le sean requeridas
en materia de seguridad.
Asimismo, los estudiantes universitarios y los profesores-tutores designados por la
Universidad de Almería firmarán una autorización para que la Jefatura de la Base,
Acuartelamiento y Establecimiento del MINISDEF realice los trámites, regulados según
su propia normativa, para autorizar su acceso al interior de las instalaciones.
La UAL se compromete a la comunicación previa de los datos del personal
estudiante y docente sujeto a este convenio a la Jefatura de la Base, Acuartelamiento o
Establecimiento del MINISDEF.
En el supuesto de que el alumnado participante, u otro personal no militar, haya de
acceder a instalaciones del MINISDEF con motivo del desarrollo de las actividades
previstas en este convenio, no podrá introducir, ni exhibir, en dichos recintos, símbolos,
distintivos, lemas impresos, etc. que, por su contenido, o por las circunstancias en las
que se muestren o usen, puedan menoscabar el principio de neutralidad institucional o
vulnerar las normas de seguridad aplicables. En caso de incumplimiento de las
condiciones de acceso y permanencia en las instalaciones militares, corresponde a la
UAL poner en conocimiento del interesado ese incumplimiento y, en su caso, invitarle a
abandonar la correspondiente instalación militar.
Con respecto al acceso a las instalaciones de la UAL por parte del personal militar
seleccionado para los cursos ofertados, el MINISDEF se compromete a cumplir con las
medidas de seguridad propias y a mantener informados a estos de las mismas,
comunicando los datos del personal implicado a la UAL.
Quinta.

Destinatarios.

1. Los estudiantes matriculados en titulaciones oficiales impartidas por la UAL o por
centro adscrito.

cve: BOE-A-2024-415
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta. Acceso al interior de la Instalación Militar o a las instalaciones de la UAL.