III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2024-415)
Resolución 420/38521/2023, de 12 de diciembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Almería, para la realización de prácticas académicas externas en unidades, centros y organismos del Ministerio de Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 8 de enero de 2024

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2. Los estudiantes de otras universidades españolas o extranjeras que, en virtud de
programas de movilidad académica o de convenios establecidos entre las mismas, se
encuentren cursando estudios oficiales en la UAL, a no ser que las normas que regulen
el programa dispongan otra cosa.
Dichos estudiantes pertenecerán a las titulaciones que, anualmente, se establezcan
en la Comisión Mixta constituida conforme al presente convenio.
Sexta. Requisitos de los estudiantes.
Estar matriculado en la asignatura de Prácticas Externas de la titulación de Grado y o
Máster, y cumplir aquellos otros requisitos que exija el plan de estudios.
Séptima. Adjudicación de los estudiantes.
La adjudicación de las prácticas curriculares se realizará con arreglo a criterios
previamente determinados, garantizando, en todo caso, los principios de transparencia,
mérito, publicidad e igualdad de oportunidades y de acuerdo con el programa de las
prácticas de cada titulación.
Se abrirá un plazo de inscripción durante el cual el estudiante seleccionará las
ofertas de prácticas en las que está interesado por orden de preferencia. Finalizado ese
periodo se adjudicarán las ofertas atendiendo al expediente académico del estudiante y
a la aprobación por parte de la entidad colaboradora.
Octava. Del desarrollo de las prácticas académicas externas curriculares.
1. Proyecto formativo: la oferta realizada por el MINISDEF deberá contener un
proyecto formativo, facilitado por la UAL, en el que se fijarán los objetivos educativos y
las actividades a desarrollar. Asimismo, los contenidos de la práctica se definirán de
forma que aseguren la relación directa de las competencias a adquirir con los estudios
cursados.
2. Duración y horarios: según la modalidad de prácticas, el número, el perfil y
duración se recogerá en la oferta que será introducida en la plataforma del servicio
gestor o por el procedimiento que establezca el Centro responsable.
Las prácticas externas curriculares tendrán la duración que establezca el plan de
estudios correspondiente en los términos establecidos por la legislación y normativa
vigente.
Los horarios de realización de las prácticas se establecerán de acuerdo con las
características de las mismas y las disponibilidades de las instalaciones del MINISDEF, y
quedarán reflejados en los documentos correspondientes. Los horarios, en todo caso,
serán compatibles con la actividad académica, formativa y de representación y
participación desarrollada por el estudiante en la universidad.
El estudiante estará sujeto al horario y régimen que determinen las partes
(MINISDEF - UAL), bajo la supervisión del tutor del MINISDEF y de la Universidad.
La ejecución de las prácticas no supondrá detrimento ni en la dedicación académica
de los estudiantes ni en la actividad de las UCO del MINISDEF. En todo caso tendrán
derecho a la asistencia a exámenes y pruebas finales sin que estos días sean
recuperables. Tampoco lo serán las faltas de asistencia derivadas de enfermedad común
o accidente que estén debidamente justificadas a través de Baja por Incapacidad
Temporal.
3. Vinculación del estudiante con la unidad colaboradora: los estudiantes no
tendrán, en ningún caso, vinculación o relación laboral, contractual o estatutaria. La
suscripción del presente convenio no supondrá la adquisición de más compromisos que
los estipulados en el mismo.
4. Régimen de permisos y de rescisión anticipada: será reflejado en la normativa de
prácticas vigente en cada momento y, necesariamente, tendrá que incluir la regulación
que permita a los estudiantes cumplir con su actividad académica, formativa y de

cve: BOE-A-2024-415
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