II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA. Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado. (BOE-A-2024-402)
Resolución de 29 de diciembre de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 8 de enero de 2024

Sec. II.B. Pág. 2088

«Boletín Oficial del Estado» con la relación de las personas aspirantes excluidas, se
indicarán los lugares en los que se encuentran expuestas al público las listas completas
de personas aspirantes admitidas y excluidas, señalándose un plazo de diez días hábiles
para subsanación, así como el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.
2.3 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por aquellos
cuyo apellido comience por la letra «W» según lo establecido en la Resolución de la
Secretaría de Estado de Función Pública de 27 de julio de 2023 («Boletín Oficial del
Estado» de 29 de julio).
2.4 La previsión sobre la duración máxima de la fase de oposición de estos
procesos selectivos es de nueve meses, sin perjuicio de que por razones acreditadas
pueda excepcionalmente acordarse su ampliación. El primer ejercicio de la fase de
oposición se celebrará en un plazo máximo de tres meses, contados a partir de la
publicación de esta convocatoria.
2.5 El desarrollo de estos procesos podrá ser coincidente en el tiempo, entre ellos y
con otros procesos selectivos, en cualquiera de sus fases, incluida la realización o
lectura de ejercicios, desarrollo de cursos selectivos, periodos de prácticas o cualquier
otra fase previa al nombramiento como personal funcionario de carrera. Asimismo, con el
fin de dotar de celeridad y agilidad al desarrollo del proceso selectivo, la realización de
las pruebas también podrá ser coincidente en el tiempo. Las personas aspirantes serán
convocadas a cada prueba en único llamamiento, siendo excluidas quienes no
comparezcan al mismo, salvo lo previsto en la Base 8.
2.6 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los
restantes ejercicios se harán públicos con, al menos, doce horas de antelación a la señalada
para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de uno
nuevo. Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente, el
plazo máximo a transcurrir será de cuarenta y cinco días naturales. Estos anuncios se
difundirán por el tribunal calificador en la sede electrónica de la Agencia Tributaria
(https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/trabajar-agencia-tributaria.html), así como en
cualquier otro medio que resulte conveniente para facilitar su máxima divulgación.
2.7 Las pruebas selectivas de ambos procesos se podrán desarrollar de forma
descentralizada en las sedes que se establecen en el anexo V.
2.8 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número de aspirantes
superior al de plazas convocadas por cada sistema de acceso.
2.9 De acuerdo con el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el Real
Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos, los aspirantes que superen estos
procesos selectivos deberán solicitar destino utilizando exclusivamente medios electrónicos.
2.10 Finalizado el proceso selectivo de acceso libre, el órgano de selección
elaborará la relación de posibles personas candidatas para su toma en consideración por
el órgano convocante, a los efectos previstos en el artículo 3.20 del Real
Decreto 625/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público
correspondiente al ejercicio 2023.
2.11 Concluidos los procesos selectivos, las personas aspirantes que los hubieran
superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán nombradas
funcionarios/as de carrera mediante resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública,
que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», con indicación del destino adjudicado.
2.12 Las consultas sobre el proceso se podrán realizar a través del correo
electrónico convocatorias@correo.aeat.es, sin que este correo tenga la consideración de
registro telemático.
3.

Programas y pruebas

3.1 El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo III
de esta resolución.

cve: BOE-A-2024-402
Verificable en https://www.boe.es

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