III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Patrimonio cultural inmaterial. (BOE-A-2024-264)
Resolución de 26 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se incoa expediente de declaración de "La Acogida Tradicional Jacobea" como manifestación representativa del patrimonio cultural inmaterial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4

Jueves 4 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 1394

Patrimonio Histórico Español, la Universidad de Burgos y la Universidad de Santiago de
Compostela, la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, resuelve:
Primero.
Iniciar el expediente para la declaración como Manifestación Representativa del
Patrimonio Cultural Inmaterial de La Acogida Tradicional Jacobea, por concurrir en la
misma las circunstancias previstas en las letras a), c) y e) del artículo 12.1 de la
Ley 10/2015, de 26 de mayo, para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial.
Segundo.
Disponer, en virtud del artículo 12.4 letra a) de la Ley 10/2015, de 26 de mayo, para
la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, así como del artículo 83 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, la apertura de un periodo de información pública, a fin de que
cuantos tengan interés en el asunto puedan examinar el expediente en las dependencias
de la Subdirección General de Gestión y Coordinación de los Bienes Culturales de la
Dirección General de Bellas Artes del Ministerio de Cultura y Deporte (plaza del Rey 1,
Madrid), y en todo caso, las personas que lo soliciten a través de medios electrónicos se
pondrá a disposición en la sede electrónica correspondiente, con el fin de alegar lo que
estimen conveniente por un periodo de veinte días a contar desde el día siguiente a la
publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Tercero.
Tramitar el correspondiente expediente de declaración de Manifestación
Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial, de acuerdo con lo previsto en la
Ley 10/2015, de 26 de mayo.
Cuarto.
Comunicar la incoación al Inventario General de Patrimonio Cultural Inmaterial para
su anotación preventiva.
Madrid, 26 de diciembre de 2023.–El Director General de Patrimonio Cultural y Bellas
Artes, Isaac Sastre de Diego.
ANEXO
Justificación de la declaración

El Camino de Santiago, esto es, la peregrinación a Compostela, es un fenómeno
social, cultural y religioso con más de un milenio de historia, que aún hoy en día sigue
vivo, el cual tiene asociadas una multitud de manifestaciones culturales de tipo
inmaterial. El camino posee todo un elenco de expresiones de la cultura erudita y
popular que ha llevado a hablar de una «cultura jacobea» o «cultura de la
peregrinación». De todas las expresiones inmateriales propias de esa «cultura
jacobea», la fraterna hospitalidad al peregrino, es decir, la Acogida Tradicional
Jacobea (ATJ), constituye el elemento el más frágil y amenazado pero también el más
definido, destacado e identitario del Camino de Santiago, al ser la expresión de los
valores jacobeos y marco esencial de su ritualidad. Al mismo tiempo que se fue
estableciendo el trazado físico del Camino Francés, y de los principales itinerarios
históricos jacobeos, fue comenzando la construcción de una red de hospitales,
refugios y centros asistenciales donde acoger y dar reposo al peregrino
compostelano. Los promotores y artífices del renacimiento del camino en la segunda
mitad del pasado siglo entendieron que esa tradicional red de alojamientos debía

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