III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Normas Técnicas de Auditoría. (BOE-A-2024-269)
Resolución de 20 de diciembre de 2023, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publica la Norma Técnica de Auditoría, resultado de la adaptación de las Normas Internacionales de Auditoría para su aplicación en España, "Consideraciones especiales-Auditorías de estados financieros de grupos (incluido el trabajo de los auditores de componentes)", NIA-ES 600 (Revisada).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4

Jueves 4 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 1457

Conocimiento del grupo y su entorno, del marco de información financiera aplicable y del sistema de
control interno del grupo (Ref: Apartado 30)
A88. La NIA 315 (Revisada 2019)70 contiene requerimientos y orientaciones en relación con la
responsabilidad del auditor de obtener conocimiento de la entidad y su entorno, del marco de
información financiera aplicable y del sistema de control interno de la entidad. En el Anexo 2 de
esta NIA se proporcionan ejemplos de cuestiones relacionadas con el control interno que pueden
ser de ayuda para la obtención de un conocimiento del sistema de control interno en el contexto
de un entorno de grupo y se desarrolla el modo en que la NIA 315 (Revisada 2019) se debe aplicar
en la auditoría de los estados financieros de un grupo.
A89. El conocimiento del grupo y su entorno, del marco de información financiera aplicable y del
sistema de control interno del grupo se puede obtener mediante comunicaciones con:


la dirección del grupo, la dirección de los componentes u otras personas adecuadas de la
entidad, incluidas personas dentro de la función de auditoría interna (si existe esa función) y
de personas que tienen conocimiento del sistema de control interno del grupo, de sus
políticas y prácticas contables, y del proceso de consolidación;



auditores de componentes; o



auditores que realicen una auditoría de los estados financieros de una entidad o de una
unidad de negocio que es parte del grupo por motivos legales, reglamentarios u otros.

A90. La obtención de un conocimiento del grupo, la identificación de los riesgos de incorrección
material y la valoración del riesgo inherente y del riesgo de control se pueden realizar de
diferentes maneras dependiendo de las técnicas o metodologías de auditoría preferidas y se
puede expresar de diferentes formas. En consecuencia, cuando los auditores de componentes
participan en el diseño y aplicación de procedimientos de valoración del riesgo, es posible que el
auditor del grupo tenga que comunicarse con los auditores de componentes acerca de su enfoque
preferido o proporcionar instrucciones.
Discusión por el equipo del encargo (Ref: Apartado 30)
A91. En la aplicación de la NIA 315 (Revisada 2019)71, se requiere que el socio del encargo del grupo y
otros miembros clave del equipo del encargo discutan la aplicación del marco de información
financiera aplicable y la susceptibilidad de los estados financieros del grupo a incorrección
material. La determinación por el socio del encargo del grupo de los miembros del equipo del
encargo que se deben incluir en la discusión, y de los temas a discutir, se ve afectada por
cuestiones tales como las expectativas iniciales en relación con los riesgos de incorrección
material y la expectativa preliminar de si deben participar auditores de componentes.
A92. La discusión proporciona una oportunidad para:

70
71

Compartir el conocimiento sobre los componentes y sus entornos, incluido qué actividades de
los componentes están centralizadas.

NIA 315 (Revisada 2019), apartados 19-27, A50‒A183.
NIA 315 (Revisada 2019), apartado 17.

cve: BOE-A-2024-269
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