III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Normas Técnicas de Auditoría. (BOE-A-2024-269)
Resolución de 20 de diciembre de 2023, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publica la Norma Técnica de Auditoría, resultado de la adaptación de las Normas Internacionales de Auditoría para su aplicación en España, "Consideraciones especiales-Auditorías de estados financieros de grupos (incluido el trabajo de los auditores de componentes)", NIA-ES 600 (Revisada).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4

Jueves 4 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 1453

Realización del encargo (Ref: Apartado 28)
A72. La NIA 220 (Revisada)65 requiere que el socio del encargo determine que la naturaleza, momento
de realización y extensión de la dirección, supervisión y revisión se planifican y realizan de
conformidad con las políticas o los procedimientos de la firma de auditoría, las normas
profesionales y los requerimientos legales y reglamentarios aplicables, y responde a la naturaleza
y las circunstancias del encargo de auditoría y a los recursos asignados o puestos a disposición del
equipo del encargo de auditoría. En el caso de una auditoría de un grupo, el enfoque de la
dirección, supervisión y revisión incluirá, por lo general, una combinación del tratamiento de las
políticas o los procedimientos de la firma de auditoría del auditor del grupo y de las respuestas
específicas para encargos de auditoría de grupos.
A73. En el caso de una auditoría de un grupo, en especial cuando el equipo del encargo incluye un gran
número de auditores de componentes que pueden estar localizados en múltiples ubicaciones, el
socio del encargo del grupo puede asignar el diseño o la realización de procedimientos, tareas o
actuaciones a otros miembros del equipo del encargo del grupo para ayudar al socio del encargo
del grupo a cumplir su responsabilidad en relación con la naturaleza, momento de realización y
extensión de la dirección y supervisión de los auditores de componentes y de la revisión de su
trabajo (véase también el apartado 11).
A74. Si los auditores de componentes pertenecen a una firma de auditoría distinta a la que pertenece
el auditor del grupo, las políticas o los procedimientos de la firma de auditoría pueden ser
diferentes, o puede ser necesario tomar otras medidas, respectivamente, en relación con la
naturaleza, momento de realización y extensión de la dirección y supervisión de esos miembros
del equipo del encargo y de la revisión de su trabajo. En concreto, las políticas o los
procedimientos de la firma de auditoría pueden requerir que la firma de auditoría o el socio del
encargo del grupo tome medidas distintas de las que se aplican a los miembros del equipo del
encargo que pertenecen a la firma de auditoría o a la red (por ejemplo, en relación con la forma,
contenido y momento de realización de las comunicaciones con los auditores de componentes,
incluida la utilización de las instrucciones del auditor del grupo a los auditores de componentes).
La NIA 220 (Revisada) proporciona ejemplos de medidas que es posible que se tengan que tomar
es esas circunstancias66.

65
66



Los riesgos valorados de incorrección material. Por ejemplo, si el auditor del grupo ha
identificado un componente en el que existe un riesgo significativo, una mayor extensión de
la dirección y supervisión del auditor del componente y una revisión más detallada de la
documentación de auditoría del auditor del componente pueden ser adecuadas.



La competencia y capacidad de los auditores de componentes que realizan el trabajo de
auditoría. Por ejemplo, si el auditor del grupo no tiene experiencia previa de trabajar con un
auditor de un componente, el auditor del grupo puede comunicar instrucciones más

NIA 220 (Revisada), apartado 30.
NIA 220 (Revisada), apartados A24-A25.

cve: BOE-A-2024-269
Verificable en https://www.boe.es

A75. La naturaleza, momento de realización y extensión de la dirección y supervisión de los auditores
de componentes y de la revisión de su trabajo se pueden adaptar en función de la naturaleza y las
circunstancias del encargo y, por ejemplo: