III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Normas Técnicas de Auditoría. (BOE-A-2024-269)
Resolución de 20 de diciembre de 2023, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publica la Norma Técnica de Auditoría, resultado de la adaptación de las Normas Internacionales de Auditoría para su aplicación en España, "Consideraciones especiales-Auditorías de estados financieros de grupos (incluido el trabajo de los auditores de componentes)", NIA-ES 600 (Revisada).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4

Jueves 4 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 1446

A49. El auditor del grupo también puede utilizar información obtenida durante el proceso de
aceptación o continuidad del encargo para establecer la estrategia global de auditoría del grupo y
el plan de auditoría del grupo, por ejemplo, en relación con los recursos necesarios para realizar la
auditoría del grupo.
A50. El proceso del establecimiento de la estrategia global de auditoría del grupo y del plan de
auditoría del grupo y las expectativas iniciales sobre los tipos de transacciones, saldos contables e
información a revelar que puedan ser significativos en los estados financieros del grupo pueden
ayudar al auditor del grupo a desarrollar una determinación preliminar de:


si el trabajo se debe realizar de modo centralizado, en componentes o una combinación de
ambos; y



la naturaleza, momento de realización y extensión del trabajo a realizar en relación con la
información financiera de componentes (por ejemplo, diseño y aplicación de procedimientos
de valoración del riesgo, procedimientos de auditoría posteriores o una combinación de
ambos).

Componentes en los que se realizará trabajo de auditoría (Ref: Apartado 22(a))
A51. La determinación de los componentes en los que se realizará trabajo de auditoría es una cuestión
de juicio profesional. Algunas cuestiones que pueden afectar a esta determinación por el auditor
del grupo incluyen, por ejemplo:

51

La naturaleza de hechos o condiciones que pueden dar lugar a riesgos de incorrección material
en las afirmaciones en los estados financieros del grupo que están asociadas con un
componente, por ejemplo:


Entidades o unidades de negocio de nueva creación o recientemente adquiridas.



Entidades o unidades de negocio en las que se han producido cambios significativos.



Transacciones significativas con partes vinculadas.



Transacciones significativas ajenas al curso normal del negocio.



Fluctuaciones anómalas identificadas por los procedimientos analíticos aplicados en el
grupo, de conformidad con la NIA 315 (Revisada 2019)51.



La desagregación entre componentes de tipos de transacciones, saldos contables e
información a revelar significativos en los estados financieros del grupo, teniendo en cuenta
la magnitud y naturaleza de los activos, pasivos y transacciones en esa ubicación o unidad de
negocio en relación con los estados financieros del grupo.



Si se puede esperar razonablemente obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada para
todos los tipos de transacciones, saldos contables e información a revelar significativos en los
estados financieros del grupo del trabajo de auditoría planificado sobre la información
financiera de los componentes identificados.

NIA 315 (Revisada 2019), apartado 14(b).

cve: BOE-A-2024-269
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