III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-256)
Resolución de 15 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques eólicos Estentor de 49,5 MW, Eneas de 33 MW, Libitina de 49,5 MW, Escila de 49,5 MW, Levana de 38,5 MW, Layo de 49,5 MW, Favonio de 49,5 MW, Mantus de 38,5 MW y 11 más y su infraestructura de evacuación en la provincia de Teruel".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4

Jueves 4 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 1311

23) Se conservará al máximo la vegetación existente, cuyo desbroce no sea
necesario para los trabajos. Se respetará la vegetación del entorno salvo valoración de
riesgo de incendio, teniendo en cuenta siempre comunidades o taxones protegidos y la
mejor solución.
24) Se garantizará la no afección a las formaciones vegetales de la ribera,
preservando la calidad y estado de conservación de los ámbitos fluviales ribereños.
25) Las afecciones a HIC de carácter temporal deberán ser restauradas en las
mismas superficies en las que se produjo la degradación, mediante la preparación o
acondicionamiento del suelo e implantación de vegetación con la misma composición
específica, proporción de especies, densidad, etc., que permita la progresión hacia el
hábitat preexistente. El plan de restauración se basará en la siembra y/o plantación de
especies propias de cada hábitat, siempre que sea posible. Si la mezcla de semillas no
fuera viable por disponibilidad, el responsable ambiental de la obra consultará con la
autoridad ambiental autonómica correspondiente sobre la autorización de emplear otras
especies.
26) Se diseñará un plan específico para erradicación de especies invasoras que
puedan aparecer en las zonas rudelarizadas durante las obras y que prosperen en las
calles por su carácter heliófilo. Este plan estará vigente durante la vida útil de la
instalación.
27) Se evitará la generación de movimientos no supervisados de maquinaria en la
superficie de las obras. Se planificará y delimitará el área de actuación. Los restos
vegetales se gestionarán de forma adecuada depositándose en vertedero controlado.
28) En el replanteo de los caminos de acceso y obra, el trazado definitivo se
ajustará, en la medida de lo posible, a los caminos existentes, minimizando la poda del
arbolado de la zona, o en su defecto, se realizará hacia las márgenes en las que exista
campo de cultivo, y no hacia las zonas de vegetación natural.
29) Las campas de acopio y los caminos de acceso que no sean precisos para el
manteniendo de las líneas, serán restaurados.

30) Previamente a la construcción de los parques, se realizará una prospección del
área de estudio por parte de un técnico competente con el fin de identificar nidificaciones
y colonias de aves amenazadas, vinculadas en especial a los cultivos de secano o las
zonas forestales. Dicha prospección se deberá llevar a cabo, en fechas inmediatamente
anteriores a las primeras ocupaciones previstas en el cronograma de obras. La
prospección se repetirá quincenalmente durante la época reproductora (de febrero a
julio) y mensualmente durante el resto de la obra. En caso de localización de nuevos
lugares de nidificación o campeo de especies de avifauna amenazadas o refugios de
quirópteros, se paralizarán las obras en la zona y se reducirán las molestias, pudiendo
establecerse áreas de protección en torno a las zonas de cría afectadas en las que no se
acometerán actuaciones y se tomarán las medidas necesarias en coordinación con el
órgano competente de Aragón.
31) Se establecerá un calendario de ejecución de los trabajos de construcción y
mantenimiento, condicionado al periodo menos sensible para la fauna detectada en la
zona de estudio, no pudiendo interferir con el periodo reproductor, en especial, de
especies incluidas en el catálogo autonómico de especies amenazadas y en el CEEA
que pudieran verse afectados (entre los meses de abril y septiembre, ambos inclusive).
Se deberá contar con el visto bueno del órgano competente en la comunidad autónoma.
32) Antes de la apertura de las zonas de acopios y plataformas, se procederá a
realizar prospecciones de anfibios, reptiles y pequeños mamíferos, desplazando los
individuos localizados, fuera de la zona de afección.
33) Atendiendo a lo indicado por el INAGA:
(a) Con el objetivo de reducir la mortalidad por colisión o barotrauma en
murciélagos, se propone la parada de los aerogeneradores durante las noches, en los

cve: BOE-A-2024-256
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Fauna.