III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. (BOE-A-2024-189)
Resolución de 27 de diciembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convoca la prueba para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para mayores de dieciocho años en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 3

Miércoles 3 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 754

Todos los aspirantes que presenten pasaporte como documento de acreditación de
identidad deberán presentar siempre fotocopia del mismo.
b) Acreditación de residencia en las ciudades de Ceuta o Melilla.
c) Acreditación de residencia en el extranjero. Los aspirantes sin nacionalidad
española y residentes en el extranjero han de presentar certificación académica de haber
cursado previamente enseñanzas pertenecientes a la etapa de la educación obligatoria
del sistema educativo español.
d) Los aspirantes podrán solicitar las equivalencias académicas para el
reconocimiento y convalidación de ámbitos, anexo II.a, y las equivalencias académicas y
convalidaciones entre sistemas educativos extinguidos y el sistema actual, anexo II.b.
Para ello, deberán aportar las correspondientes certificaciones académicas fotocopia del
libro de calificaciones, condición indispensable para que en el caso de superación de la
prueba puedan solicitar el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. En el
caso de haber superado alguno de los ámbitos de conocimiento en convocatorias
anteriores de la prueba de obtención de título de Graduado en Educación Secundaria
Obligatoria, deberán aportar junto con la solicitud, la correspondiente certificación
académica, condición indispensable para que en el caso de superación de la prueba
puedan solicitar el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
e) Aquellos aspirantes que en el momento de formalización de la solicitud no
puedan aportar la documentación acreditativa de alguno de los requisitos establecidos
en el artículo 3 de la presente resolución, deberán presentar la declaración responsable
del anexo III debidamente cumplimentada. Con posterioridad, y con al menos dos días
previos a la realización de la prueba, tendrán la obligación de presentar dicha
documentación en el mismo lugar donde se formalizó la solicitud de participación en la
misma. Sin su presentación no se tendrá derecho a examen.
f) Las personas con discapacidad que precisen algún tipo de adaptación para la
realización de la prueba, deberán especificarlo en los anexos I.a, I.b, I.c, según
corresponda y adjuntarán a su solicitud una fotocopia del certificado o resolución del
grado de discapacidad, emitido por el órgano oficial competente, conforme a la Orden
de 2 de noviembre de 2000 por la que se determina la composición, organización y
funciones de los Equipos de Valoración y Orientación dependientes del Instituto de
Mayores y Servicios Sociales y se desarrolla el procedimiento de actuación para la
valoración del grado de discapacidad dentro del ámbito de la Administración General del
Estado, modificada por la Orden SSI/1474/2014, de 28 de julio.
g) Los aspirantes serán responsables de la veracidad de la documentación no
original aportada, declarando que la misma es copia fiel de los originales que obran en
su poder, sin perjuicio de la posibilidad por parte de la Administración de requerirles en
cualquier momento la documentación original. En caso de inexactitud, falsedad u omisión
en cualquier dato o documento aportado conllevará la pérdida de todos los derechos
derivados de este proceso, con independencia de las responsabilidades a que hubiera
lugar, conforme dispone el artículo 69.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
h) A efectos de organización de la prueba, los aspirantes indicarán en la solicitud el
idioma de la primera lengua extranjera por el que se presentan.
Calendario de la convocatoria.

1. En esta convocatoria, la prueba tendrá lugar el día 9 de mayo de 2024.
2. El plazo de presentación de la solicitud para ser admitido en la prueba será
desde el día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta
resolución hasta el día 12 de febrero de 2024, inclusive.
3. Finalizado el proceso de revisión de las solicitudes presentadas, se publicará la
resolución por la que se hacen públicos los listados provisionales de las solicitudes
admitidas y excluidas, a partir del 27 de febrero de 2024 en el sitio web del Ministerio de
Educación, Formación Profesional y Deportes, http://www.educacionyfp.gob.es, en los
tablones de anuncios de las direcciones provinciales de Ceuta y Melilla y de las
embajadas o consulados en donde vaya a realizarse la prueba. En estos listados figurará

cve: BOE-A-2024-189
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 5.