III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2024-190)
Orden ITU/1434/2023, de 26 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas de actuación integral para la descarbonización de la industria manufacturera como parte del PERTE de Descarbonización Industrial en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se realiza la convocatoria anticipada del año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 3

Miércoles 3 de enero de 2024
Artículo 18.

Sec. III. Pág. 808

Características de los préstamos.

1. La parte de ayuda concedida en la modalidad de préstamo tendrá las siguientes
características:
a) El importe nominal del préstamo será el que resulte de aplicación de los
porcentajes y límites establecidos en el artículo 14. Asimismo, estará acotado, de
acuerdo con el riesgo vivo acumulado de la empresa con la Secretaría de Estado de
Industria o sus direcciones generales, y no podrá superar en cinco veces los fondos
propios de la entidad en el último ejercicio para el que se disponga de cuentas auditadas,
aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil. En todo caso, si los fondos propios de
la entidad participante no fueran positivos, a dicha entidad no se le podrá conceder
préstamo.
b) El plazo de amortización de la parte de ayuda concedida en forma de préstamo
será de diez años, con un plazo de carencia de tres años.
c) El tipo de interés aplicable se establecerá en las correspondientes convocatorias.
d) El método de amortización seguirá el siguiente sistema: Las cuotas de
amortización del principal serán anuales y de igual cuantía, y deberán satisfacerse una
vez finalizado el plazo de carencia. La liquidación de los intereses será anual desde la
fecha de entrega del principal, satisfaciéndose anualmente junto, en su caso, con la
cuota de amortización correspondiente al final de cada período. Los intereses de cada
período se calcularán sobre el capital vivo al inicio del mismo y se devengarán desde la
fecha de entrega del principal, entendiéndose como tal, la fecha en la que el Tesoro
Público realiza la transferencia del importe concedido a la entidad beneficiaria.
2. En el caso de que las ayudas se realicen a través de una combinación de
préstamo y subvención, los préstamos tendrán las mismas características que en el
apartado 1, pero su importe estará asimismo limitado por los límites de intensidad de
ayuda total establecidos en el artículo 14, teniendo en consideración, a efectos del
cálculo de la intensidad de ayuda, la subvención que se otorgue.
3. Aquellas entidades beneficiarias que deseen realizar un pago a cuenta o una
devolución anticipada de la ayuda en forma de préstamo deberán iniciar el
correspondiente procedimiento mediante la presentación de la solicitud en la sede
electrónica asociada del Ministerio de Industria y Turismo, accediendo a través del
registro electrónico.
Requisitos de reducción de emisiones.

1. La ejecución de un proyecto tractor, tanto para la descarbonización de
instalaciones principales en RCDE como de instalaciones fuera del mismo, deberá
aportar una reducción de emisiones prevista tras la inversión, para el mismo nivel de
producción, de al menos 3.000 toneladas equivalentes de dióxido de carbono (tCO2e)
anuales en la planta o instalación industrial a cuya descarbonización se dirige el proyecto
tractor («instalación principal»).
No obstante, lo dispuesto en el párrafo anterior, podrán financiarse proyectos
tractores cuyo objetivo de reducción de emisiones sea inferior a 3.000 tCO2e anuales en
la planta o instalación principal, siempre que se prevea una reducción de las emisiones
de gases de efecto invernadero de la instalación, para el mismo nivel de producción, de
al menos el 30 % con respecto a la situación anterior a la inversión, como resultado de la
ejecución de las actuaciones del proyecto tractor.
2. En los proyectos primarios de reducción de emisiones directas de la instalación,
definidos en el artículo 11.2, que formen parte del proyecto tractor, se considerará
únicamente la reducción de emisiones directas (alcance 1) de la instalación.
No obstante, en aquellos proyectos basados en la descarbonización por reducción de
recursos naturales a los que se refiere el artículo 11.2.c), se tendrá en cuenta la
reducción de emisiones indirectas lograda al sustituir, en los procesos productivos, unas

cve: BOE-A-2024-190
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Artículo 19.