III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Subvenciones. (BOE-A-2024-186)
Acuerdo de 12 de diciembre de 2023, del Consejo de Administración del Consorcio de la Ciudad de Cuenca, por el que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para la organización de congresos, jornadas, seminarios y otras actividades de promoción de la ciudad de Cuenca, en el año 2024.
20 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 3

Miércoles 3 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 725

Para justificar correctamente habrá que tener en cuenta el anexo I de la resolución
de convocatoria en la que se señalaban los gastos subvencionables, los gastos
excluidos y gastos subvencionables con limitaciones.
A)

Documentación a presentar para la justificación de la ayuda

1. Escrito de remisión según el anexo IV de la convocatoria, que debe ser remitido
y debidamente cumplimentado y firmado por el representante legal de la entidad.
2. Declaración responsable, según el anexo V de la convocatoria y que debe ser
remitido debidamente cumplimentada y firmada por el representante legal de la entidad,
reflejando los otros ingresos que hayan financiado la actividad, con indicación del
importe y su procedencia.
3. Conforme al anexo IV se recogerá la Memoria de Actividades, fechada y firmada
por el representante legal de la entidad en la que se refleje el cumplimiento y desarrollo
del proyecto que sirvió de base para la concesión de la subvención. Se indicarán las
actividades realizadas y los resultados obtenidos, así como las incidencias habidas en su
realización. Cualquier modificación producida en el desarrollo del proyecto deberá
señalarse en la Memoria de Actividades. Si la modificación debe ser solicitada por escrito
al menos un mes antes de la finalización de la actividad y autorizada por la Comisión
Ejecutiva del Consorcio (artículo 14 de las bases). Habrá que adjuntar a la Memoria la
petición por la que se solicitó el cambio y la Resolución por la que fue autorizada.
4. Memoria Económica, fechada y firmada por el representante legal de la entidad,
siguiendo el modelo que se acompaña en las presentes bases. Se trata de una relación
numerada de todos los gastos (facturas) subvencionados y realizados para llevar a cabo
la actividad subvencionada y un resumen de gastos no subvencionados, pero sí
realizados para poder llevar a cabo la actividad, así como de los ingresos con los que
contaba la entidad para llevar a cabo el proyecto. Su confección deberá realizarse
siguiendo las siguientes condiciones:

El total de ingresos (importe de la ayuda concedida y aportaciones ajenas a esta
ayuda) deberá coincidir con el total de gastos imputados y no imputados a la subvención
concedida.
Los desvíos que se hayan producido con respecto al presupuesto inicialmente
aceptado o al posteriormente reformulado, deberán quedar justificados y explicados en la
Memoria de Actividades. Los desvíos deben ser autorizados dentro del periodo de
ejecución del proyecto, por lo que habrá que adjuntar la petición dirigida a este
Organismo por la que se solicitó el desvío y la resolución por la que se autorizó.

cve: BOE-A-2024-186
Verificable en https://www.boe.es

Apartado de Ingresos: Se detallarán todos los ingresos con los que ha contado la
entidad para realizar el proyecto, incluida la financiación propia y las otras ayudas
recibidas para el mismo proyecto. Como máximo la ayuda del Consorcio representará el
cincuenta por ciento del total del proyecto, aunque en cada caso prevalecerá el
porcentaje aprobado por la Comisión Ejecutiva y que se refleja en el presupuesto
presentado para la concesión de la ayuda o, en su caso, en la reformulación del mismo.
La no obtención de otras ayudas o patrocinios estimados en ningún caso eximirá de la
obligación de disponer del porcentaje comprometido de aportación ajena al Consorcio.
Apartado de Gastos: Una relación numerada y clasificada de la totalidad de los
gastos subvencionados de la actividad, con descripción del gasto, identificación del
acreedor y del documento de gasto o factura, fecha de emisión y fecha de pago,
concepto desglosado en base, IVA, IRPF (retenciones) junto con un resumen total de
gastos realizados para la actividad realizada e importe total. En caso de estar exento del
IVA, presentar el certificado de exención. Esta relación debe recoger el total de los
gastos del proyecto subvencionados y en resumen del total de gastos realizados para
llevar a cabo la actividad. Se presentarán los justificantes de gasto y pago, imputados a
la subvención concedida, si bien se relacionarán todos los gastos realizados para la
ejecución del proyecto subvencionado.