III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-126)
Resolución de 22 de diciembre de 2023, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con el Instituto Complutense de Ciencias Musicales, para la realización de prácticas externas del «Máster en Gestión Cultural: Música, Teatro y Danza».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 2

Martes 2 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 492

b) Número total de horas realizadas.
c) Valoración personal sobre la labor desempeñada por el estudiante.
d) Cualquier otro aspecto considerado relevante por el tutor.
5. Conceder un día libre, no recuperable, por examen de asignaturas de los
estudios cursados en el ICCMU y facilitar la asistencia del estudiante a las pruebas de
evaluación supervisadas por el tutor académico.
Tercera.

Compromisos del ICCMU.

El ICCMU, en relación con las prácticas externas, asume los siguientes
compromisos:
1. Supervisar el desarrollo del proceso formativo, estableciendo los mecanismos
adecuados para su seguimiento y evaluación, nombrando un tutor académico que asuma
el asesoramiento metodológico y técnico del estudiante, así como el proceso de
evaluación.
2. Establecer los sistemas de evaluación adecuados a las prácticas externas y a los
estudiantes que en ellas participen.
3. Informar a los estudiantes que participen en el proceso formativo de los
compromisos que adquieren en virtud del presente convenio.
4. Cubrir el correspondiente seguro de accidentes y/o a cuantos puedan resultar
obligatorios dentro del territorio nacional.
Cuarta.

Actuaciones y deberes del alumnado en prácticas.

Durante la realización de las prácticas académicas externas, el alumnado asumirá
las siguientes actuaciones y obligaciones, sin perjuicio de lo establecido en el Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios:

Asimismo, los estudiantes quedarán sujetos al cumplimiento de las siguientes
obligaciones:
– Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por la el
ICCMU.
– Cumplir con diligencia el proyecto formativo de las prácticas siguiendo las
indicaciones del tutor asignado por el INAEM.

cve: BOE-A-2024-126
Verificable en https://www.boe.es

– A la tutela, durante todo el período de duración de las prácticas, por un profesor
del ICCMU y por un profesional de la unidad donde realice las mismas.
– A la evaluación de su desempeño de acuerdo con los criterios establecidos por la
el ICCMU.
– A la obtención de un informe de la actividad desarrollada, su duración y su
rendimiento.
– A la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la legislación
reguladora de la materia.
– A ser informado en todo momento de la normativa de seguridad y prevención de
riesgos laborales.
– A conciliar, en el caso de los estudiantes con algún tipo de discapacidad, la
realización de las prácticas con aquellas actividades y situaciones personales derivadas
o conectadas con la situación de discapacidad.
– Aprovechar al máximo las posibilidades de práctica y formación que el INAEM les
brinda.
– Aquellos otros derechos previstos en la normativa vigente.