III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Ayudas. (BOE-A-2024-117)
Orden DEF/1431/2023, de 22 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la realización de Máster Universitario en Prevención de Riesgos Laborales, para el personal del Ejército de Tierra o integrado en su estructura.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 2

Martes 2 de enero de 2024
Artículo 4.

Sec. III. Pág. 417

Convocatoria.

1. El procedimiento para la concesión de las ayudas para la realización del Máster
Universitario en Prevención de Riesgos Laborales se iniciará de oficio mediante
convocatoria aprobada por la persona titular del Ministerio de Defensa. La convocatoria
deberá publicarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y un extracto de la
misma en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial del Ministerio de
Defensa».
2. La persona titular del Ministerio de Defensa dictará resolución en el procedimiento
de concesión de las ayudas.
3. Las cuantías anuales de las subvenciones se determinarán, atendiendo a las
disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio económico, y serán fijadas en la
convocatoria, sin que en ningún caso puedan superar la cantidad de cuatro mil euros
(4.000,00 €) por alumno matriculado. La convocatoria fijará los créditos presupuestarios
a los que se imputan las ayudas y se acreditará previamente la existencia de crédito
adecuado y suficiente, así como la aprobación del gasto y su fiscalización previa en los
términos previstos en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
4. El abono del importe destinado a colaborar en la cobertura de los gastos
correspondientes a las matrículas y a las tasas de expedición del título Universitario se
realizará por el Órgano Económico con competencias en materia de autorización de
liquidaciones, reconocimiento de obligaciones y propuestas de pago que apoye la
gestión del recurso financiero de la Jefatura del Mando de Adiestramiento y Doctrina
(JMADOC), pudiéndose, en beneficio de los becados y de acuerdo con la naturaleza de
la subvención, realizar el pago anticipado con carácter previo a la justificación. De
acuerdo con el artículo 14.1.i de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, el beneficiario
tendrá la obligación de proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos
contemplados en el artículo 37 de dicha ley.
5. En concordancia con el artículo 42.2 de la Ley 35/2002, de 28 de noviembre, del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de modificación parcial de las leyes de
los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio,
la subvención no estará sujeta a tributación al no tener consideración de rendimiento del
trabajo en especie por ser cantidades destinadas a la actualización, capacitación o
reciclaje del personal empleado, cuando vengan exigidos por el desarrollo de sus
actividades o las características de los puestos de trabajo.
Forma, documentación y plazo de presentación de las solicitudes.

1. Las solicitudes se formalizarán por los interesados, según el procedimiento
reglado en la convocatoria de las becas y utilizando el modelo de solicitud que en la
misma se determine.
2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2.e) de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las
solicitudes deberán presentarse por los medios electrónicos que se establezcan en la
correspondiente convocatoria.
3. Para participar en el procedimiento, los solicitantes deberán aportar un
presupuesto oficial o factura proforma de la Universidad donde se quiere cursar los
estudios que determine el importe de los gastos de primera matrícula del Máster de
Prevención de Riesgos Laborales (MPRL), y copia del boletín oficial en el que se
aprueben y concreten los precios públicos correspondientes a la expedición del título
universitario de Máster en el año de convocatoria de las becas. Asimismo, se deberá
incluir la intención de cursar las tres especialidades preventivas: Seguridad en el trabajo,
Ergonomía y Psicosociología aplicada e Higiene Industrial. Para aquellos solicitantes que
ya estén en posesión de alguna especialidad preventiva, se deberá aportar la
documentación que incluya las especialidades que les falten por cursar. La finalidad de
esta documentación es poder conocer el total de ayudas a conceder y adaptarlas a las

cve: BOE-A-2024-117
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Artículo 5.