III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Ayudas. (BOE-A-2024-117)
Orden DEF/1431/2023, de 22 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la realización de Máster Universitario en Prevención de Riesgos Laborales, para el personal del Ejército de Tierra o integrado en su estructura.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 2 de enero de 2024

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por orden ministerial, de las bases reguladoras de la concesión de las subvenciones,
incluyéndose las ayudas objeto de esta regulación, al otorgarse con la previa solicitud del
beneficiario, en el ámbito de aplicación de la ley.
Esta orden ministerial se adecua a los principios de buena regulación a que se refiere
el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Por lo que se refiere a los principios de necesidad y eficacia, desde la aprobación de
la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, la Administración
Pública ha empleado notables esfuerzos y recursos para integrar la prevención de
riesgos laborales en el seno de la misma, existiendo el convencimiento creciente y
generalizado de que sólo es eficaz cuando se implanta un sistema de prevención dentro
de la gestión ordinaria de la propia Administración Pública. Para ello, y para cumplir con
los fines normativamente establecidos en materia de prevención de riesgos laborales, la
formación de las personas en esta materia específica para cubrir los puestos que por
diferentes motivos quedan vacantes en la estructura preventiva del Ejército de Tierra es
necesaria, especialmente si se tiene en cuenta el reducido número de oficiales con la
titulación necesaria para llevar a cabo esta actividad. En cuanto a ese acceso a la
formación, en este caso de carácter superior, no hay, por el momento, instrumento más
adecuado que facilitar este tipo de ayudas para poder disponer de personal que pueda
ejercer, con garantías, la labor preventiva en este Ejército. En virtud del principio de
proporcionalidad, cuanto en esta orden ministerial se dispone contiene la regulación
imprescindible para atender la necesidad que se pretende cubrir. A fin de garantizar el
principio de seguridad jurídica, esta disposición resulta coherente con el resto del
ordenamiento jurídico, generando un marco jurídico estable, predecible, integrado, claro
y de certidumbre. Respecto al principio de transparencia, durante su tramitación esta
disposición fue informada por las asociaciones profesionales con representación en el
Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas, conforme al artículo 40.2.b) de la Ley
Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas
Armadas. Asimismo, se dio conocimiento de la misma al resto de las asociaciones
profesionales inscritas en el registro de Asociaciones Profesionales de miembros de las
Fuerzas Armadas, conforme al artículo 40.1.c) de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio.
Finalmente, con arreglo a lo establecido en el artículo 49.1.c) de la citada ley orgánica,
fue informada por el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas.
Por último, en cuanto al principio de eficiencia, se evitan cargas administrativas
innecesarias y se racionaliza, en su aplicación, la gestión de los recursos públicos con la
finalidad de optimizar, mediante el correspondiente proceso formativo, el cumplimiento
de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y el deber de protección de la salud y
seguridad laboral de todos los empleados públicos dentro del Ejército de Tierra, motivo
suficiente que justifica tanto la dotación de presupuesto para tal actividad como la parte
en la que se ve afectado el gasto público.
La Asesoría Jurídica General de la Defensa y la Intervención General de la Defensa
han emitido su preceptivo informe, de acuerdo con lo previsto en el artículo 17.1 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
La experiencia obtenida de las distintas convocatorias realizadas en años anteriores
y enfocadas a la concesión de ayudas para la obtención del Máster de Prevención de Riesgos
Laborales durante los Planes Estratégicos de Subvenciones 2018/2020 y 2021/2023,
aconsejan la tramitación de esta nueva orden ministerial, evitando disfuncionalidades e
inconvenientes a la hora de realizar los procedimientos de concesión que se considera
necesario corregir en beneficio de la simplicidad del procedimiento.
Con la entrada en vigor de esta nueva orden ministerial se da continuidad de forma
más pormenorizada al proceso de formación del personal en esta materia, iniciado
en 2007 con la publicación del Real Decreto 1755/2007, de 28 de diciembre. Asimismo,
se deroga la Orden DEF/675/2019, de 7 de junio, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de ayudas para la realización de un Máster Universitario
en Prevención de Riesgos Laborales para el personal del Ejército de Tierra o integrado

cve: BOE-A-2024-117
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Núm. 2