III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-58)
Resolución de 18 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Autovía SE-40. Tramo: Dos Hermanas-Coria del Rio".
26 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 1

Lunes 1 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 176

La prioridad de conservación de dicho espacio es la conservación del ecosistema
fluvial en su conjunto y su función de conectividad. Los HIC más representativos que
motivaron su conservación, y que se encuentran presentes en el ámbito afectado por el
proyecto, son 1130 «Estuarios» y 92A0 «Bosques galería de Salix alba y Populus alba».
En el apartado b.2 de la resolución, se descartan impactos directos del proyecto sobre el
HIC 92A0, ya que el criterio de diseño ha sido respetar la vegetación de ribera. Sobre el
HIC 1130 «Estuarios», el promotor indica que se encuentra representando en el 88,3 %
de la superficie de la ZEC. Los principales impactos sobre el HIC se producirían en la
fase de construcción, debido a los efectos negativos sobre la calidad del agua, que serán
de elevada repercusión si las obras se desarrollasen sobre el mismo cauce, como en la
construcción de las pilas del viaducto. Por ello, el promotor selecciona la alternativa que
no contempla pilas en el cauce, eliminando la afección sobre la calidad del agua del
estuario por esta causa. Teniendo en cuenta, el resto de las medidas sobre la calidad de
las aguas, así como los frecuentes episodios de elevada turbidez natural en el río, el
promotor considera que el impacto no será significativo.
Sobre las especies de flora que son objetivos de conservación del espacio protegido,
el estudio de impacto ambiental descarta su presencia en el ámbito afectado por el
proyecto.
Finalmente, se descartan impactos significativos del proyecto sobre las especies de
fauna que motivaron la designación del espacio y que se encuentran presentes en el
entorno próximo de la actuación, (Lutra lutra, Mauremys leprosa, Pseudochondrostoma
willkommii, Alosa fallax y especies de avifauna acuática y quirópteros).
Tras la evaluación de las repercusiones previsibles sobre los objetivos de
conservación de la ZEC «Bajo Guadalquivir», el promotor concluye que la actuación no
perjudica la integridad del espacio Red Natura 2000.
La Dirección General de Espacios Protegidos de la Junta de Andalucía informa que
la alternativa de ejecución del viaducto sin pilas en el cauce tiene menor afección
medioambiental y no presenta afección apreciable a la Red Natura 2000, en la medida
en que no afecta significativamente al mantenimiento de la coherencia y función
ecológica en toda su superficie ni a los hábitats o poblaciones de especies que motivan
su declaración.
Tras el resultado de la información pública, el promotor descarta las alternativas que
implican la ubicación de pilas en el cauce del Guadalquivir para reducir la afección
ambiental y evitar cualquier riesgo de afección a la navegabilidad del río y a la
operatividad del Puerto de Sevilla.
Teniendo en cuenta lo anterior, esta resolución recoge como condición indispensable
para la ejecución del proyecto, que las pilas del viaducto se ubiquen fuera del cauce para
evitar impactos ambientales significativos sobre los HIC 1130 «Estuarios» y 92A0
«Bosques galería de Salix alba y Populus alba».
Suelo, subsuelo y geodiversidad.

Gran parte de la zona de estudio se ubica sobre el aluvial de los ríos Guadalquivir y
Guadaira, que es un territorio muy llano.
Los impactos del proyecto sobre el suelo y la geomorfología se centran,
básicamente, en la alteración del relieve por la realización de desmontes y terraplenes, la
explanación de la vía, la obtención de préstamos y la creación de vertederos para las
tierras sobrantes. Dada la escasa pendiente de las zonas de actuación y que la mayor
parte de la actuación se realiza en viaducto, los impactos sobre la ocupación de suelo y
sobre la pérdida de suelo por erosión resultarán poco significativos. Al término de la
obra, se podrá recuperar el sustrato edáfico, salvo en las zonas ocupadas por los
ramales de enlace y las pilas de viaducto.

cve: BOE-A-2024-58
Verificable en https://www.boe.es

b.5)