III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Profesionales sanitarios. (BOE-A-2023-26799)
Orden SND/1427/2023, de 26 de diciembre, por la que se publican las bases para la creación de Diplomas de Acreditación en el Área Funcional de Paliativos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Sábado 30 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 177607

sus competencias se ajustarán al marco de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General
de Salud Pública, en su disposición adicional séptima sobre la regulación de la psicología
en el ámbito sanitario.
El valor añadido que deben aportar los DAP respecto a los titulados con un grado o
una especialidad debe venir dado por la experiencia y formación continua que posean en
el manejo de síntomas, habilidades de comunicación en situaciones complejas, en
situaciones de conflicto psicosocial, en la toma de decisiones ético-clínicas presentes en
las fases avanzadas de la enfermedad, así como por el carácter integral que imprime al
proceso de atención al paciente y a la familia, a través del trabajo en equipo, y la toma de
decisiones compartidas, respetando los valores y preferencias de pacientes y familias.
Hay numerosas instituciones que directa o indirectamente están relacionadas con
el Área funcional de Paliativos y que ponen en evidencia la sensibilidad existente en
muchas organizaciones en relación con esta materia.
5.

Dominios Competenciales específicos

Aunque el número de competencias entre los diferentes dominios competenciales
puede ser muy dispar, el agruparlas en grandes grupos que denominamos dominios
permite visualizar con más facilidad las diferentes actividades: competencias, y
procedimientos y técnicas que debería incluir un DAP.
Estos dominios son los siguientes:
Actividad Clínica.
Psicológico.
Atención a la Familia-Cuidadores.
Bioética.
Trabajo en equipo y liderazgo.
Organización y gestión.
Docencia e investigación.
Sociocultural.
Espiritual.
Legal.

Respecto a las competencias propias de estos DAP, que se pormenorizan
posteriormente, hay que hacer hincapié en que, como norma general, y por tanto
aplicable, no puede capacitar para ejercer funciones distintas de las reconocidas para
cada profesión. Esto es, los DAP no legitiman para ejercer competencias que el marco
profesional legal no contempla. En este caso concreto podríamos poner como ejemplo
que si un determinado tipo de «prescripción» o «acto médico-quirúrgico» fuera una
competencia de los DAP no la podría ejercer quien no dispusiera de una titulación
sanitaria regulada que contemple la capacidad de «prescripción» o la de «acto médicoquirúrgico».
En los DAP, se definen además de las competencias, diferentes procedimientos y
técnicas propios de esta área funcional. Estos procedimientos y técnicas se pueden
desarrollar en ámbito hospitalario, ambulatorio y domiciliario. El candidato a la obtención
del DAP deberá aportar evidencias sobre las competencias específicas de esta área
funcional en relación a su titulación.
A continuación, se describen las «Competencias específicas» así como los
«Procedimientos y técnicas propias del área funcional» que conforman los DAP. Los
siguientes cuadros incluyen las competencias y su distribución según las titulaciones de
origen.
Leyenda tablas:
M: Medicina.
P: Psicología.
E: Enfermería. F: Fisioterapia.

☒ Competencia requerida.
☐ Competencia no requerida.

cve: BOE-A-2023-26799
Verificable en https://www.boe.es

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