III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2023-26792)
Orden ITU/1423/2023, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el despliegue de plataformas tecnológicas y soluciones digitales en los destinos de la Red de Destinos Turísticos Inteligentes y se procede a la convocatoria anticipada del año 2024, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Sábado 30 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 177520

Esta orden se estructura por razones sistemáticas en tres capítulos y nueve anexos:
en el primer capítulo, formado por 3 artículos se describen las disposiciones generales:
objeto, encaje en el PRTR y normativa aplicable. El segundo capítulo, que comprende
los artículos 4 al 29, contiene las bases reguladoras y el procedimiento de gestión de las
ayudas. El tercer capítulo, que comprende los artículos 30 al 43, regula la presente
convocatoria en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
En la elaboración de esta orden se ha recabado el informe de la Abogacía de Estado
y de la Intervención Delegada en el Departamento, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 17.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 61.2 del Real
Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre.
En su virtud, dispongo:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1.

Objeto y finalidad.

1. Constituye el objeto de esta orden ministerial la aprobación de las bases
reguladoras del programa de concesión de ayudas, en régimen de concurrencia
competitiva, para el despliegue, por parte de entidades públicas locales miembros
titulares de la Red de Destinos Turísticos Inteligentes (en adelante, Red DTI) o aquellas
que hayan presentado su solicitud de adhesión a la Red DTI, de acuerdo a lo estipulado
en el artículo 6, de plataformas inteligentes que contribuyan a la transformación digital
del destino y el sector turístico mediante la integración de datos turísticos y el desarrollo
y despliegue de nuevas tecnologías y soluciones digitales en los destinos, y a su vez
contribuyan a su integración con el nodo central de la Plataforma Inteligente de Destino
de la Secretaría de Estado de Turismo, en el marco de la Agenda España Digital 2025.
2. La finalidad de estas ayudas es financiar el desarrollo e implantación de
plataformas inteligentes de destino y/o módulos de referencia opcionales dentro de las
plataformas ya existentes, por parte de las entidades potencialmente beneficiarias
previstas en el artículo 6, así como la interconexión e integración de las diferentes
plataformas y soluciones con la plataforma estatal que conformará el nodo central de la
Plataforma Inteligente de Destino (PID).
3. Para alcanzar esta finalidad, los proyectos presentados deberán permitir el
desarrollo de plataformas inteligentes de destino y/o módulos de referencia opcionales
dentro de las mismas, en el caso de plataformas inteligentes ya existentes.
4. Solo serán subvencionables aquellas actividades que hayan comenzado con
posterioridad a la presentación de la solicitud, de conformidad con lo recogido en el
artículo 15 de las presentes bases.

1. Las ayudas reguladas en esta orden se incardinan en el Componente 14 del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, denominado «Plan de modernización y
competitividad del sector turístico», en la inversión 2, «Programa de digitalización e
inteligencia para destinos y sector turístico», Proyecto 1, «Plan de Transformación Digital de
Destinos Turísticos», que tiene por objeto implementar actuaciones de impulso a la
digitalización de los destinos turísticos y de las empresas turísticas y abordar la construcción
de un Sistema de Inteligencia Turística basado en la economía del dato y la interoperabilidad,
para garantizar el desarrollo sostenible del territorio turístico, que sea accesible para todos,
que facilite la interacción e integración de la persona visitante con el entorno e incremente la
calidad de su experiencia en el destino y mejora de la calidad de vida de los/las residentes
gracias a las nuevas tecnologías y a un proceso de innovación continua, teniendo atribuida la
etiqueta digital 010 Digitalización de pymes (incluidos el negocio y el comercio electrónicos y

cve: BOE-A-2023-26792
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 2. Régimen de ayudas. Encaje en el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.