III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Subvenciones. (BOE-A-2023-26788)
Orden INT/1421/2023, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Ministerio del Interior para el periodo 2024-2026.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Sábado 30 de diciembre de 2023

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Con esta medida, se pretende dar respuesta a las exigencias constitucionales de una gestión
eficiente y eficaz de los recursos públicos, coherente, por lo tanto, con el resto de herramientas de
programación y planificación presupuestaria o sectorial que se puedan aprobar. Así, de acuerdo con
el artículo 103 de la Constitución, “la Administración Pública sirve con objetividad los intereses
generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización,
desconcentración y coordinación con sometimiento pleno a la ley y al Derecho”, principios ligados a
los expresados en el artículo 31.2 de la propia norma constitucional, en relación con el gasto público,
al que se le exige realizar “una asignación equitativa de los recursos públicos y su programación y
ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía”.
El artículo 8 de la LGS ha sido desarrollado por los artículos 10 a 15 del Reglamento de la LGS,
aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, estableciendo cuales deben ser los principios
rectores, el ámbito y el contenido de los PES, así como la competencia para su aprobación, el
seguimiento que debe realizarse del mismo y los efectos de su incumplimiento.
El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Subvenciones
dispone, con las excepciones contempladas en el artículo 11 del mismo, que se elaborará un Plan
Estratégico de Subvenciones por cada Departamento Ministerial, que abarcará tanto las
subvenciones de sus órganos como de los organismos y demás entes públicos a él vinculados.
Dichos planes se configuran como un instrumento de planificación de políticas públicas para el
fomento de una actividad pública o de interés social, o de promoción de una finalidad pública, así
como instrumento de racionalización guiada por los principios de:
1) Publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación.
2) Eficacia de los objetivos.
3) Eficiencia en la asignación y utilización de recursos públicos.

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Dotar al Departamento de un instrumento de planificación de las políticas públicas que tengan
por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de
una utilidad pública relacionada con las materias de la competencia del Ministerio del Interior.

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Desde una perspectiva económica-financiera, definir instrumentos de gestión más uniformes
en el conjunto del Departamento que permitan mejorar la eficacia y la eficiencia de las
subvenciones.

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Desde la perspectiva de la transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno,
preparar al Ministerio del Interior para las obligaciones que se derivarán de la normativa sobre
estas materias.

cve: BOE-A-2023-26788
Verificable en https://www.boe.es

Teniendo presente todo lo anterior, con la elaboración del PES 2024-2026 de este Departamento
se pretende la consecución de los siguientes objetivos generales: